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Expediente | Descripción | Fecha |
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10046/2012/2/1 | Desahoga audiencia incidental, se reserva dictar la interlocutoria correspondiente y una vez emitida será notificada a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. | 2013-01-17 09:35:50 |
09311/2012/2/1 | Convenio sujeto a pago en dos parcialidades de $11,000.00 cada una a más tardar a las trece horas de los días veinticuatro y treinta y uno de enero de dos mil trece. | 2013-01-17 09:34:33 |
05616/2012/2/1 | Difiere por pláticas, mismas se señalan LAS TRECE HORAS DEL DÍA VEINTICINCO DE ENERO DE DOS MIL TRECE para que tenga verificativo la continuación de la Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas en la segunda de sus etapas, con el uso de voz a la parte demandada para que de contestación a la demanda entablada en su contra así como a las ampliaciones realizadas a la misma. | 2013-01-17 09:29:18 |
04745/2010/2/1 | se difiere la audiencia de ley por platicas conciliatorias y se señalan las 10:00 hrs. del día 22 de feberero de 2013 para el desahogo de la audiencia de C.D.E.O.A.P. | 2013-01-17 09:27:22 |
12358/2012/2/1 | convenio a cumplimentar el dia 5 de febrero de 2013, sobre el pago de la cantidad de $ 7000.00 | 2013-01-17 09:26:08 |
07652/2012/5/1 | 10:00 26-02-2013 | 2013-01-17 09:19:31 |
06381/2012/3/1 | Se requiere a la parte actora para que en el término de tres días proporcione el domicilio en donde podrán ser emplazados los demandados. | 2013-01-17 09:18:29 |
00345/2013/1/1 | SE REMITEN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE 00345/2013/1/1 A LA JUNTA ESPECIAL NUMERO TRES, EN VIRTUD DE QUE ESTA AUTORIDAD SE DECLARO LEGALMENTE INCOMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. | 2013-01-17 09:16:28 |
08359/2012/2/1 | se difiere la audiencia por falta de notificación al demandado INFONAVIT, y se señalan las 9:00 hrs, del día 20 de febrero de 2013, para el desahogo de la audiencia de C.D.E.O.A.O.P. | 2013-01-17 09:14:51 |
00337/2013/1/1 | SE REMITEN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE 00337/2013/1/1 A LA JUNTA ESPECIAL NUMERO DOS, EN VIRTUD DE QUE ESTA AUTORIDAD SE DECLARO LEGALMENTE INCOMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE PROCEDIMENTO. | 2013-01-17 09:14:04 |
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