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Expediente | Descripción | Fecha |
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07741/2015/5/1 | Se señalan las DOCE QUINCE HORAS DEL DÍA ONCE DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de conciliación, demanda y excepciones | 2016-05-16 12:30:26 |
07741/2015/5/1 | Se cierra instruccion se turna para laudo | 2017-03-31 15:22:39 |
07741/2015/3/6 | Convenio/archivo | 2015-08-28 13:36:42 |
07741/2014/3/6 | Convenio/archivo | 2014-10-15 09:48:34 |
07741/2014/2/1 | S regulariza el presente procedimiento toda vez que por un error involuntario se señaló día inhábil para el desahogo de la prueba testimonial a cargo de Ilse Vianey Álvarez Galván y Mauricio Ricardo Lara Luna, por lo anterior se deja sin efecto única y exclusivamente la fecha y hora citada (ocho treinta horas del ocho de noviembre de dos mil quince) y en su lugar se señalan las 11:00 horas del 14-01-2016 para el desahogo de la prueba testimonial citada. | 2015-11-05 14:56:45 |
07741/2014/2/1 | Se señala a partir de las 08:15 horas del 17-08-2015 para el desahogo de las pruebas admitidas a las partes. | 2015-05-19 14:53:41 |
07741/2014/2/1 | SE REGULARIZA Y SE TURNA NUEVAMENTE A PROYECTO DE LAUDO MVLF | 2023-09-18 09:42:47 |
07741/2014/2/1 | Se tienen por desahogadas las pruebas confesionales a cargo de la actora y demandada. Se tiene también por desahogada la prueva de inspección. Se declaró desierta la prueba testimonial ofrecida por la parte actora, se señalan las 08:15 del 12-11-2015 para la prueba confesional para hechos propios. Se señalan las 08:30 del mismo día para la testimonial ofrecida por la parte actora. | 2015-08-17 11:27:13 |
07741/2014/2/1 | Se declara desierta la prueba confesional para hechos propios a cargo de María Maribel Zuñiga Mendoza en virtud de la incomparecencia de la parte actora quien es la oferente de la prueba. Se tiene por desahogada la prueba testimonial a cargo de Ilse Vianey Alvarez Galvan ofrecida por la demandada, en relación al diverso testigo Mauricio Ricardo Lara Pérez se le otorgo término de tres días para la exhibición de su identificación. | 2016-08-16 14:13:15 |
07741/2014/2/1 | Se tiene por rendido el informe del Instituto Mexicano del Seguro Social, se pone a la vista de las partes. Certifica que no existen pruebas pendientes para su desahogo y se otorga término para alegatos. | 2019-02-14 14:07:02 |
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