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Expediente | Descripción | Fecha |
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05478/2020/4/1 | ATENDIENDO A QUE EL ACTOR NO HIZO MANIFESTACION ALGUNA EN RELACION AL REQUERIMIENTO FORMULADO POR ESTA AUTORIDAD, SE LE TIENE POR DESISTIDO A SU MAS ENTERO PERJUICIO DE LA DEMANDA Y DE LA ACCIÓN, ORDENÁNDOSE EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE COMO ASUNTO TOTALMENTE CONCLUIDO. | 2021-12-01 12:17:45 |
07144/2017/3/1 | Atendiendo a que el apoderado legal de la parte actora se da por pagada de la totalidad, respecto del convenio celebrado el veintiséis de agosto de dos mil veinte, con fundamento en el principio de certeza jurídica, dada la trascendencia de dicho acto procesal, se ordena notificar en forma personal a la parte actora para que en el plazo de tres días manifieste si ratifica su manifestación realizada por su apoderado legal en el escrito de cuenta. | 2021-03-30 17:30:28 |
04524/2015/2/1 | Atendiendo a que el demandado David Israel León Veytia ha interpuesto incidente de nulidad de notificaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 761, 762 fracción I, y 763 de la Ley Federal del Trabajo, se suspende el presente procedimiento en lo principal, a efecto de dar trámite a la cuestión incidental planteada, para lo cual se señalan las TRECE TREINTA HORAS DEL VEINTISEÍS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo la audiencia incidental de nulidad de notificaciones. | 2016-09-26 14:23:29 |
01649/2018/1/1 | Atendiendo a que el demandado en el presente procedimiento y tercero interesado en el amparo indirecto 1303/2019-III, INTERCON SERVICOS DE SEGURIDAD PRIVADDA S.A. DE C.V., no compareció a juicio, con fundamento en el artículo 27 fracción I, inciso C, de la Ley de Amparo, se le notifica por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx/scal.pub/index.php”) la demanda de amparo indirecto número 1303/2019-III promovida por José Luis Anaya Gutiérrez, del auto admisorio de demanda de amparo de fecha dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve y del acuerdo de esta fecha, dejando a su disposición en la Secretaría General de esta Junta copia debidamente cotejada de los documentos descritos, quedando con ello legalmente emplazada en su carácter de tercera interesada para todos los efectos legales a que haya lugar. Se apercibe a la tercer interesada para que dentro del término de tres días contados a partir de la legal notificación de este acuerdo, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de Querétaro, Qro., en la inteligencia que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, sin previo acuerdo, le surtirán efectos por medio de lista que se fije en los estrados del Juzgado Segundo de Distrito, con fundamento en el artículo 27 fracción III de la Ley de Amparo. Se ordena girar oficio a la autoridad federal a efecto de hacerle llegar la constancia de referencia y la notificación por lista de la tercera interesada, solicitándole se tenga a esta Junta por cumplido el requerimiento formulado. | 2019-10-29 09:42:16 |
05832/2019/4/1 | ATENDIENDO A QUE EL DEMANDADO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL, AHORA EN CARACTER DE TERCERO INTERESADO NO SEÑALO DOMICILIO PARA OIR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN EL JUICIO LABORAL QUE NOS OCUPA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 739 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, PRIMERAMENTE LA NOTIFICACION DE LA DEMANDA DE GARANTIAS LE SURTE EFECTOS POR ESTRADOS, POR LO QUE SE ORDENA AL ACTUARIO ADSCRITO A ESTA JUNTA FIJE EN LOS ESTRADOS COPIA DE LA MISMA, ASI COMO DEL PRESENTE ACUERDO, Y EN CUMPLIMIENTO A LO ESTIPULADO POR EL ARTICULO 27 FRACCION III INCISO A) DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA LA DEMANDA DE GARANTAS AL TERCERO INTERESADO ROBERTH HUBERT THUMMLER Y/O HUBERT THUMMLER POR LISTA VISIBLE EN LOS ESTRADOS DE ESTA JUNTA Y PUBLICADA EN LA PAGINA ELECTRONICA DE ESTA AUTORIDAD (HTTP://TRABAJO.QUERETARO.GOB.MX/SCAL-PUB/INDEX.PHP), POR LO TANTO, SE ORDENA REMITIR AL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL VIGESIMO SEGUNDO CIRCUITO, EN EL ESTADO DE QUERETARO, LAS CONSTANCIAS QUE CONFORMAN EL EXPEDIENTE LABORAL 05832/2019/4/1, ASI COMO EL INFORME JUSTIFICADO RESPECTIVO. ARS | 2023-02-21 14:44:35 |
07910/2017/4/1 | ATENDIENDO A QUE EL DEMANDADO EN LA PRESENTE CAUSA RESULTO ABSUELTO DEL PAGO Y CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES RECLAMADAS POR LA ACTORA EN EL ESCRITO DE DEMANDA, AL NO EXISTIR CONDENA EXIGIBLE A LA DEMANDA POR PARTE DE ESTA JUNTA, SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO COMO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO. ARS | 2022-09-26 14:45:48 |
05221/2019/4/1 | Atendiendo a que el domicilio de la demandada se encuentra fuera de la jurisdicccion de esta h. junta se ordena remitir los autos del presente expeidnete al junta local de conciliacion y arbitraje del estado para que de creerlo procedente se avoque al conocimeinto del mismo. | 2019-08-22 14:08:07 |
02647/2009/5/1 | ATENDIENDO A QUE EL EXPEDIENTE PRINCIPAL SE ENCUENTRA CONCLUIDO, SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE CUADERNO COMO DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO.---hsv | 2024-06-25 14:08:39 |
00918/2015/2/1 | Atendiendo a que el expediente se encuentra extraviado se señalan las 12:30 horas del 13-05-2016 para la audiencia de reposición de autos. | 2016-04-28 15:25:44 |
01909/2018/1/1 | Atendiendo a que el expediente se encuentra extraviado se señalan las 12:30 horas del 14-02-2020 para la reposicion de autos. | 2020-02-11 14:23:02 |
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