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| Expediente | Descripción | Fecha |
|---|---|---|
| 06769/2015/5/1 | EN CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA DE AMPARO SE DEJA INSUBSISTENTE EL LAUDO DE VEINTIDOS DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE Y SE ORDENA DICTAR NUEVO LAUDO | 2019-12-04 11:55:02 |
| 00848/2020/01 | En cumplimiento al acuerdo de sesión de Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, de fecha veintidós de enero del presente año, en el que se declaran días inhábiles pero laborables del lunes veinticinco de enero del dos mil veintiuno y hasta en tanto el Comité Técnico de Salud del Estado de Querétaro o Secretaria de Salud del Estado de Querétaro determine que las condiciones son propicias para un regreso a las actividades présenciales seguras y debido a que se señaló audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga para las NUEVE HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTIUNO, se regulariza el presente procedimiento, por lo que se señalan las NUEVE HORAS DEL DÍA CINCO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, para el desahogo de la audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga. | 2021-01-26 15:14:38 |
| 01133/2019/01 | En cumplimiento al acuerdo de sesión de Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, de fecha veintidós de enero del presente año, en el que se declaran días inhábiles pero laborables del lunes veinticinco de enero del dos mil veintiuno y hasta en tanto el Comité Técnico de Salud del Estado de Querétaro o Secretaria de Salud del Estado de Querétaro determine que las condiciones son propicias para un regreso a las actividades présenciales seguras y debido a que se señaló audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga para las DIEZ HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTIUNO, se regulariza el presente procedimiento, por lo que se señalan las NUEVE HORAS DEL DÍA CINCO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, para el desahogo de la audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga. | 2021-01-26 15:18:36 |
| 00539/2019/01 | En cumplimiento al acuerdo de sesión de Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, de fecha veintidós de enero del presente año, en el que se declaran días inhábiles pero laborables del lunes veinticinco de enero del dos mil veintiuno y hasta en tanto el Comité Técnico de Salud del Estado de Querétaro o Secretaria de Salud del Estado de Querétaro determine que las condiciones son propicias para un regreso a las actividades présenciales seguras y debido a que se señaló audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga para las ONCE HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTIUNO, se regulariza el presente procedimiento, por lo que se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA CINCO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, para el desahogo de la audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga. | 2021-01-26 15:20:26 |
| 00915/2020/01 | En cumplimiento al acuerdo de sesión de Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, de fecha veintidós de enero del presente año, en el que se declaran días inhábiles pero laborables del lunes veinticinco de enero del dos mil veintiuno y hasta en tanto el Comité Técnico de Salud del Estado de Querétaro o Secretaria de Salud del Estado de Querétaro determine que las condiciones son propicias para un regreso a las actividades présenciales seguras y debido a que se señaló audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga para las ONCE HORAS DEL DIA VEINTIOCHO DE ENERO DEL DOS MIL VEINTIUNO, se regulariza el presente procedimiento, por lo que se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA CINCO DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, para el desahogo de la audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga. | 2021-01-27 09:04:05 |
| 00529/2020/01 | En cumplimiento al acuerdo de sesión de Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado, de fecha veintidós de enero del presente año, en el que se declaran días inhábiles pero laborables del lunes veinticinco de enero del dos mil veintiuno y hasta en tanto el Comité Técnico de Salud del Estado de Querétaro o Secretaria de Salud del Estado de Querétaro determine que las condiciones son propicias para un regreso a las actividades présenciales seguras y debido a que se señaló audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga para las NUEVE HORAS DEL DIA VEINTINUEVE DE ENERO DEL DOS MIL VEINTIUNO, se regulariza el presente procedimiento, por lo que se señalan las NUEVE HORAS DEL DÍA DOCE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIUNO, para el desahogo de la audiencia conciliatoria en periodo de pre-huelga. | 2021-01-27 10:33:35 |
| 00931/2015/2/1 | En cumplimiento al fallo protector del amparo 767/2017, se ordena remitir las constancias de emplazamiento a la demandada | 2017-10-10 08:48:24 |
| 01304/2017/1/1 | enciado ALBERTO BARRON MARTINEZ como apoderado legal de la parte actora y atento a su contenido. LA JUNTA ACUERDA: Agréguese a los autos los escritos de cuenta para que surtan los efectos legales correspondientes, se tiene listas sus manifestaciones aludidas en el escrito de cuenta, se tiene por desistido a su entero perjuicio de la confesional para hechos propios a cargo de LORENA GARCIA JIMENO ALCOCER, consecuentemente se deja sin efecto la audiencia señalada para las NUEVE HORAS DEL DIECINUEVE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTIUNO, la presente publicación surtirá efectos el 22 de enero de 2021 | 2021-01-18 15:25:12 |
| 05757/2013/5/1 | esta Autoridad para efecto de llevar a cabo su análisis y estudio minucioso se reserva dictar el correspondiente acuerdo, el que les será notificado de manera personal | 2014-04-07 09:00:59 |
| 06711/2008/5/1 | Esta Autoridad se reserva dictar la interlocutoria correspondiente al requerir de un estudio minucioso y de valoración lógico-jurídica, por lo que la interlocutoria dictada les será notificada de manera personal | 2014-04-09 13:48:53 |
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