Displaying 88791-88800 of 875910 result(s).
Expediente | Descripción | Fecha |
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00852/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 692 fracción IV, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y considerando que el promovente si bien es cierto que exhibe pliego de peticiones, también lo es que para acreditar la personalidad del sindicato, es importante exhibir toma de nota. | 2020-12-08 14:49:52 |
00852/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 692 fracción IV, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y considerando que el promovente si bien es cierto que exhibe pliego de peticiones, también lo es que para acreditar la personalidad del sindicato, es importante exhibir toma de nota. | 2020-12-08 14:49:52 |
00281/2021/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 692, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo, si bien es cierto que el promovente exhibe Toma de Nota, también lo es, que se requiere la voluntad expresa de las partes, entendiéndose lo anterior, que se requiere la firma autógrafa en el escrito promovido, así como en el pliego de peticiones, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado | 2021-03-29 08:58:58 |
00651/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 692, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo, si bien es cierto que el promovente exhibe Toma de Nota, también lo es, que se requiere la voluntad expresa de las partes, entendiéndose lo anterior, que se requiere la firma autógrafa en el escrito promovido, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en términos de lo dispuesto por los artículos 386, 387, 390 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-30 12:13:43 |
00653/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 692, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo, si bien es cierto que el promovente exhibe Toma de Nota, también lo es, que se requiere la voluntad expresa de las partes, entendiéndose lo anterior, que se requiere la firma autógrafa en el escrito promovido, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en términos de lo dispuesto por los artículos 386, 387, 390 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-30 12:16:57 |
00141/2021/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 920 fracción I, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y considerando que el promovente no exhibe pliego de peticiones, no estableciendo los requisitos esenciales establecidos en el artículo 920 de la Ley Federal del Trabajo, por lo anterior, es que se determina que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado | 2021-02-16 08:56:35 |
00459/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 920, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y considerando que el promovente no señala correctamente el domicilio del Patrón para ser debidamente notificado, así como también en el tabulador señala como salario diario un monto inferior al salario mínimo general vigente, no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado. | 2020-08-07 09:30:44 |
00710/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 923, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y después de una revisión y consulta del Sistema de Control de Asuntos Laborales de esta Autoridad, considerando que si bien es cierto, el promovente exhibe pliego de peticiones, también lo es, que el promovente al mencionar que se pretende celebrar una revisión del Contrato Colectivo de Trabajo, se desprende que es titular del Contrato Colectivo de Trabajo, por lo que, no se obtiene que el promovente sea titular del mismo, lo anterior con fundamento en lo previsto en el artículo 923 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que se tiene por no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado. | 2020-10-16 11:06:31 |
00553/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y considerando que el promovente no exhibe pliego de peticiones, no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado. Por las razones expuestas se ordena el archivo del presente procedimiento como totalmente concluido, con fundamento en los artículos 920 y 923 de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-03 10:12:38 |
00869/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y considerando que si bien es cierto, el promovente exhibe pliego de peticiones, también lo es, que el promovente no lo dirigió por escrito al patrón | 2020-12-08 14:19:04 |
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