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Expediente | Descripción | Fecha |
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05218/2016/3/1 | SE DA VISTA DEL MISMO A LAS PARTES Y SE LES CONCEDE EL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN PARA QUE MANIFIESTEN RESPECTO A LO QUE A SUS INTERESES CONVENGAN. EOA (1) | 2025-01-20 13:55:55 |
01232/2021/3/1 | SE DA VISTA DEL MISMO A LAS PARTES Y SE LES CONCEDE EL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE SU NOTIFICACIÓN PARA QUE MANIFIESTEN RESPECTO A LO QUE A SUS INTERESES CONVENGAN. EOA (1) | 2025-01-20 13:56:09 |
07162/2019/2/1 | VISTO EL ESCRITO PRESENTADO, SUBSISTE EL REQUERIMIENTO FORMULADO EN AUTOS. kdgc (1) | 2025-01-20 13:58:34 |
06728/2018/4/1 | TODA VEZ QUE DE LOS AUTOS SE DESPRENDE QUE HASTA LA FECHA LA PARTE ACTORA NO HA PRESENTADO PROMOCIÓN ALGUNA QUE IMPULSE EL PROCEDIMIENTO, PESE A HABER SIDO REQUERIDA DE ELLO MEDIANTE ACUERDO DE FECHA DOCE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO, EL CUAL LE FUE NOTIFICADO EL DÍA VEINTISIETE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 772 Y 773 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SE DECRETA QUE HA OPERADO LA CADUCIDAD, POR LO QUE SE TIENE A LA PARTE ACTORA POR DESISTIDA DE LA ACCIÓN INTENTADA DENTRO DE PRESENTE PROCEDIMIENTO EN CONTRA DE TODOS Y CADA UNO DE LOS DEMANDADOS Y EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO. TODA VEZ QUE EL PRESENTE ACUERDO NO COLMA LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 742 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, NO SE HACE NECESARIA LA NOTIFICACIÓN PERSONAL A LAS PARTES, POR LO CUAL CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 745, 746 Y 747 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LA NOTIFICACIÓN DEL PRESENTE SURTE EFECTOS POR LISTAS Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET HTTP://TRABAJO.QUERETARO.GOB.MX/SCAL-PUB/INDEX.PHP, EN CUYO CASO SURTIRÁ EFECTOS AL DÍA HÁBIL SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN. eps | 2025-01-20 13:59:19 |
00341/2020/4/1 | ESTARSE A LO ACORDADO EN AUTO DE FECHA TREINTA DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, EN EL QUE SE ORDENÓ LA DEVOLUCIÓN DEL INSTRUMENTO CERTIFICADO DEJÁNDOSE A DISPOSICIÓN DE LA PARTE PROMOVENTE, PARA QUE ACUDA ANTE ESTA AUTORIDAD A SOLICITAR SU ENTREGA. mmr | 2025-01-20 14:00:03 |
05113/2014/4/1 | SE LE REQUIERE A LA ACTORA PARA QUE EL TERMINO DE TRES DÍAS PROPORCIONE EL DOMICILIO DONDE PUEDEN SER NOTIFICADA Y EMPLAZADA A JUICIO LA PARTE DEMANDADA, BAJO APERCIBIMIENTO DE QUE DE NO DAR CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL TÉRMINO CONCEDIDO, SE PROCEDERÁ EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 773 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, UNA VEZ QUE SE CUMPLA LO ANTERIOR, SE ACORDARÁ LO CONDUCENTE RESPECTO DE LA FECHA PARA EL DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES. eps | 2025-01-20 14:02:28 |
06658/2019/4/1 | SE TIENE A IMSS RINDIENDO EL INFORME SOLICITADO, SE DA VISTA A LAS PARTE ACTORA PARA QUE EN TERMINO DE TRES DÍAS MANIFIESTEN LO QUE A SUS INTERESES CONVENGA, LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 735 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. LA NOTIFICACION SURTE EFECTOS POR ESTE MEDIO. MMR | 2025-01-20 14:02:39 |
06334/2018/4/1 | EN ATENCIÓN AL ESTADO PROCESAL QUE GUARDAN LOS AUTOS, SE DECLARAN PERDIDOS LOS DERECHOS DE LA PARTE ACTORA Y DE LA PARTE DEMANDADA NO EJERCITADOS EN TIEMPO Y FORMA, ENTRE ELLOS EL DERECHO PARA FORMULAR ALEGATOS DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 735, 738 884 Y 885 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. POR LO ANTERIOR Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 885 PÁRRAFO SEGUNDO DEL CITADO ORDENAMIENTO LEGAL, SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN Y SE ORDENA TURNAR EL EXPEDIENTE AL AUXILIAR PARA QUE FORMULE EL RESPECTIVO PROYECTO DE LAUDO. TODA VEZ QUE EL PRESENTE ACUERDO NO COLMA NINGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR EL ARTÍCULO 742, LA NOTIFICACIÓN DEL MISMO LE SURTE EFECTOS A LAS PARTES POR LISTAS EN LOS ESTRADOS DE ESTA H. JUNTA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 739 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. eps | 2025-01-20 14:04:24 |
05383/2020/6/1 | SE DA CUENTA DE ESCRITO Y SE ORDENA AGREGA EN AUTOS. SE SEÑALA DOMICILIO PROCESAL Y AUTORIZADOS DE LA PARTE DEMANDADA. (4) ghc | 2025-01-20 14:04:55 |
01863/2020/4/1 | EN ATENCIÓN AL ESTADO PROCESAL QUE GUARDAN LOS AUTOS, Y AL EXHORTO QUE FUE DEVUELTO A ESTA AUTORIDAD, SE LE REQUIERE A LA ACTORA PARA QUE EL TERMINO DE TRES DÍAS PROPORCIONE EL DOMICILIO DONDE PUEDEN SER NOTIFICADA Y EMPLAZADA A JUICIO LA PARTE DEMANDADA, BAJO APERCIBIMIENTO DE QUE DE NO DAR CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL TÉRMINO CONCEDIDO, SE PROCEDERÁ EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 773 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, UNA VEZ QUE SE CUMPLA LO ANTERIOR, SE ACORDARÁ LO CONDUCENTE RESPECTO DE LA FECHA PARA EL DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES. eps | 2025-01-20 14:06:07 |
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