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Expediente | Descripción | Fecha |
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01199/2010/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:56:41 |
12168/2011/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:56:15 |
01590/2013/4/1 | Las partes celebran convenio por la cantidad de $20,000.00 el cual será cubierto a mas tardar a las trece horas del treinta de abril de dos mil trece. | 2013-04-16 08:56:01 |
02813/2010/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:55:47 |
02976/2010/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:55:26 |
03174/2010/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:55:07 |
05238/2012/3/1 | CUMPLE REQUERIMIENTO Y SE SEÑALAN LAS 08:15 HORAS DEL DÍA 04-06-2013 PARA EL DESAHOGO DE LA A.C.D.E.O.A.P | 2013-04-16 08:55:05 |
05319/2010/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:54:34 |
03561/2010/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:54:12 |
02047/2010/5/1 | De conformidad con lo establecido en el artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y en vista de que la parte actora no ha efectuado promoción tendiente a la continuación del proceso en más de tres meses, se ordena requerir a dicha parte para que proporcione la información necesaria para la continuación del presente procedimiento, apercibida que de no hacerlo operará la caducidad a que se refiere el artículo 773 de la Ley Federal del Trabajo. De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 772 de la Ley Federal del Trabajo, y atento a que el trabajador está patrocinado por la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, notifíquesele por conducto de dicha institución en su domicilio procesal. | 2013-04-16 08:53:44 |
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