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| Expediente | Descripción | Fecha |
|---|---|---|
| 04663/2017/5/6 | Convenio/archivo | 2017-05-12 11:53:13 |
| 04682/2017/5/7 | Convenio/Archivo | 2017-05-12 11:52:32 |
| 00527/2017/01 | Diferimiento para el 20/06/2017 a las 11:00 hrs.- | 2017-05-12 11:51:02 |
| 06947/2016/3/1 | Se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto del demandado a efecto de ser notificado y emplazado, así mismo se ordena poner a la vista de la parte actora la constancia actuarial correspondiente, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 735, 772 y 773 de la Ley Federal de Trabajo | 2017-05-12 11:49:08 |
| 03167/2017/2/1 | Se señalan las 10:00 horas del 25-09-2017 para la ACDE | 2017-05-12 11:47:55 |
| 04135/2010/2/1 | Se le hace entrega al actor de los cheques depositados a su favor, en cumplimiento parcial del laudo dictado por esta autoridad. | 2017-05-12 11:46:41 |
| 06899/2016/3/1 | Se señalan las 09 horas con 30 minutos del día 20 de julio de 2017 para que tenga verificativo audiencia de conciliación, demanda y excepciones. | 2017-05-12 11:46:37 |
| 00518/2017/5/1 | se señalan las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE para el desahogo de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones | 2017-05-12 11:41:44 |
| 01088/2015/1/1 | Diferimiento de audiencia por falta de emplazamiento de los demandados. Se señalan las 12:30 horas del 03/10/2017 para la audiencia de C.D.E. Se ordenó girar exhorto a la JLCA de Celaya, Gto. | 2017-05-12 11:41:21 |
| 04135/2010/2/1 | Se aclara laudo únicamente para el efecto único efecto de que se tenga como RESOLUTIVO TERCERO. Se ponen a disposición del actor, la cantidad de $1’185,773.10 (UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 10/100), por concepto de las prestaciones consistentes en Indemnización Constitucional, Prima de Antigüedad, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, fondo y caja de ahorro, salarios devengados y salarios vencidos, conforme a la cuantificación realizada en el resolutivo aclarado. Por lo que ve al RESOLUTIVO CUARTO, deberá quedar en los siguientes términos: Se condena a ADMINISTRADORA DE CAJA BIENESTAR, S.A. DE C.V. S.F.P. a pagar al actor LUIS LEÓN RAMIREZ MORENO, la cantidad de $1’086,796.80 (UN MILLÓN OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 80/100), por concepto de horas extras. Se ordena enviar copia del presente acuerdo a la autoridad de amparo en cumplimiento a Ejecutoria. | 2017-05-12 11:32:31 |
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