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Expediente | Descripción | Fecha |
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07354/2015/1/1 | Se señala a partir de las 08:15 horas del 19-10-2018 para el desahogo de las pruebas admitidas a las partes. | 2018-08-09 17:00:54 |
03824/2016/4/1 | Condenatorio | 2018-08-09 15:24:21 |
06682/2015/4/1 | Condenatorio | 2018-08-09 15:23:17 |
01311/2015/2/1 | Se da tramite a demanda de amparo directo interpuesta por COPPEL, S. A. DE C. V., y se ordena rendir informe justificado | 2018-08-09 15:22:27 |
03318/2013/5/1 | Se ordena agregar a los autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales conducentes, tomando en consideración que el testigo MARIA LUISA ARAUJO RANGEL, no cumplió con el requerimiento que le fue impuesto en audiencia de fecha veinticuatro de abril de dos mil diecisiete, se le hace efectivo el apercibimiento decretado y se deja sin efectos la declaración efectuada y se declara desierta la prueba testimonia a su cargo. Al haber concluido el desahogo de las pruebas, con fundamento en el artículo 884 fracción V de la Ley Federal del Trabajo, se ponen los autos a la vista de las partes por el término de dos días para que formulen alegatos, apercibidas que de no hacerlo perderán su derecho para efectuarlo con posterioridad. Con fundamento en el artículo 885 de la Ley Federal del Trabajo, certifica la Secretaría que en el presente expediente no existen pruebas pendientes por desahogar, por lo que se da vista de las partes por el término de tres días a efecto de que expresen su conformidad con la certificación que ha realizado la Secretaría en el sentido de que no existen dentro de los autos pruebas pendientes por desahogar, a quienes se les apercibe que de no hacer manifestación alguna en el plazo concedido para ello, para el caso de que hubiere pruebas pendientes por desahogar, se les tendrá por desistidas de las mismas para todos los efectos legales a que haya lugar y se procederá conforme a lo previsto por el segundo párrafo del citado artículo 885 de la Ley Federal del Trabajo. | 2018-08-09 15:20:31 |
03247/2016/1/1 | se tiene por hechos efcetivos los apercibimentos decretados en autos a la parte actora por lo que se ordena el archivo del presente asunto | 2018-08-09 15:19:59 |
02005/2016/1/1 | Se aclara el laudo, se ordena notificar alas partes | 2018-08-09 15:10:16 |
07579/2018/2/7 | Convenio/Archivo | 2018-08-09 15:04:11 |
00695/2018/01 | se cita a las partes para la audiencia de conciliación en periodo de prehuelga que se desahogará a las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO, teniendo como fecha de estallamiento de la huelga PARA LAS DOCE HORAS DEL DIA VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO | 2018-08-09 14:58:53 |
04771/2017/1/1 | Se admiten medios de prueba y se señala el día diez de diciembre de dos mil dieciocho para desahogo de los que así lo ameritan. | 2018-08-09 14:55:54 |
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