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Expediente | Descripción | Fecha |
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03709/2010/2/1 | Se regulariza procedimiento y se aclara número de expediente 3709/10/21.- Se tiene a la actora por ofrecidas pruebas documentales las cuales serán valoradas al dictarse la definitiva. y por hechas sus manifestaciones. | 2013-09-11 12:51:04 |
03709/2010/2/1 | Tengase por enterada a esta autoridad de la admision de la demanda de amparo adhesivo promovida por MA. DE JESÚS LOPEZ LOPEZ y/o MARIA DE JESÚS LOPEZ LOPEZ, por conducto de su apoderado legal JUAN RAMÍREZ LUNA | 2015-09-08 14:38:15 |
03709/2010/2/1 | en cumplimiento a la ejecutoria de amparo, se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de $ 8,840.46 | 2015-05-07 15:21:25 |
03709/2010/2/1 | se ordena rendir informe con motivo del incidente de inejecucion de sentiencia planteado por la quejosa ROCIO ERENDIRA JIMENEZ POSADAS | 2017-01-30 08:34:14 |
03709/2010/2/1 | se tiene por cumplida la ejecutoria de amparo correspondiente al juicio de garantias 477/2014 | 2015-07-13 08:42:36 |
03709/2010/2/1 | téngase por enterada a esta autoridad laboral que fue declarado infundado el recurso de reclamación interpuesto en contra del auto de diecisiete de enero de dos mil diecisiete, dictado por la presidencia del tribunal colegiado , en el recurso de queja laboral 14/2017. Tambien se tiene por enterada a esta autoridad laboral que fue declarado improcedente el incidente de inejecución de sentencia promovido por ROCIO ERENDIRA JIMENEZ POSADAS, en los términos del contenido del testimonio remitido. | 2017-03-15 10:21:38 |
03709/2010/2/1 | Se desahogo la Prueba pericial, la cual será valorada al dictarse la definitiva. | 2013-06-27 09:52:41 |
03709/2010/2/1 | Se radica la demanda de amparo promovida por Rocío Erendira JImenez Posadas, la cual remitida por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado, con número 1092/2013. Se ordenó el emplazamiento de los terceros interesados MARÍA DE LA CRUZ RAMÍREZ ARJONA, ESTEBAN ARISTA RAMÍREZ, ESTEBAN ARISTA PUIGFERRAT e INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, y por lo que respecta a DECOSPAZI, DANIELA FIERROS CHAVERO y SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, toda vez que no obra dentro de los autos domicilio para oír y recibir notificaciones, pues a pesar de haber sido emplazados no comparecieron a juicio, de conformidad con el artículo 27 fracción III y 29 de la Ley de Amparo, la notificación de la demanda de amparo de referencia y el presente acuerdo se les notifica por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx”), dejando a su disposición en la Secretaría General de esta Junta copia debidamente cotejada del escrito de demanda de amparo y del presente acuerdo. | 2014-01-08 14:09:17 |
03709/2010/2/1 | Se desahogo la Prueba pericial, la cual será valorada al dictarse la definitiva. | 2013-06-27 09:52:41 |
03709/2010/2/1 | se tiene por enterada a esta autoridad laboral de la interposicion del recurso de revisión interpuesto por ROCIO ERENDIRA JIMÉNEZ POSADAS. | 2015-08-27 14:44:48 |
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