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Expediente | Descripción | Fecha |
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06769/2015/5/1 | VISTO EL ESCRITO SE CONCEDE TERMINO A LA PARTE ACTORA PARA QUE PRESENTE AL PERITO DESIGNADO PARA ACEPTAR EL CARGO Y RENDIR PROTESTA. JCA | 2021-08-11 11:24:14 |
02487/2021/6/1 | Visto el escrito recibido, se tiene al actor Oscar Cruz Pérez dándose por pagado de la pena convencional. Se concede a la parte actora el término días para que acuda a ratificar el escrito de cuenta. | 2022-02-09 10:49:07 |
05442/2017/2/1 | VISTO EL ESCRITO RECIBIDO, NO HA LUGAR Y ESTARSE A LO ACORDADO EN AUTO DE ESTA MISMA FECHA. (1) kdgc | 2024-10-23 14:10:49 |
04912/2011/2/1 | VISTO EL ESCRITO RECIBIDO POR LA PARTE ACTORA SE SEÑALAN LAS 08:15 DEL DIA 20-02-2024, PARA LA AUDENICA INCIDENTAL DE REPOSICION DE ACTUACIONES. crr | 2024-01-11 13:14:59 |
00470/2023/6/1 | VISTO EL ESCRITO RECIBIDO POR LA PARTE ACTORA SE DIFIERE EL DESAHOGO DE LA AUDIENCIA DE CDE Y EN SU LUGAR SE SEÑALAN LAS 10:00 HORAS DEL DIA 06-06-2024 PARA SU VERIFICATIVO... jan | 2024-05-06 12:41:50 |
00442/2015/5/1 | Visto el escrito recibido por el Secretario Auxiliar de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, a las ocho horas con veintinueve minutos del día diez d agosto del año en curso, suscrito por el LIC. ARTURO AMADOR DIAZ, en su carácter de apoderado de la parte actora y señala como domicilio para recibir notificaciones el despacho ubicado en AVENIDA ARMANDO BIRLAIN SHAFFLER NUMERO 2001, TORRE CORPORATIVA 2, MEZANINE CENTRAL PARK PISO 00, EN LA COLONIA CENTRO SUR EN ESTA CIUDAD, mediante el cual interpone demanda de amparo directo que intenta en contra de los actos dictados por la autoridad responsable, siendo esta: La Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, en la que reclama: el laudo de fecha 3 de julio de 2017 y señala como tercero interesado a: 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V., anexando para tal efecto original y cuatro tantos de la citada demanda. de conformidad con el artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, certifique la secretaría la hora y fecha de presentación de la demanda de amparo. Notifíquese 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V, ambos con domicilio procesal ubicado en BOULEVARD BERNARDO QUINTANA NUMERO 636, COLONIA DESARROLLO SAN PABLO EN ESTA CIUDAD DE QUERÉTARO a fin de que comparezcan ante la autoridad correspondiente a defender sus derechos si así lo estiman conveniente. Ríndase informe justificado por las autoridades señaladas como responsables. En el término de cinco días contados a partir del día siguiente a la presentación de la demanda de garantías, remítanse los autos originales del presente expediente, así como la demanda de amparo al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley de Amparo | 2017-08-17 11:40:06 |
00442/2015/5/1 | Visto el escrito recibido por el Secretario Auxiliar de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, a las ocho horas con veintinueve minutos del día diez d agosto del año en curso, suscrito por el LIC. ARTURO AMADOR DIAZ, en su carácter de apoderado de la parte actora y señala como domicilio para recibir notificaciones el despacho ubicado en AVENIDA ARMANDO BIRLAIN SHAFFLER NUMERO 2001, TORRE CORPORATIVA 2, MEZANINE CENTRAL PARK PISO 00, EN LA COLONIA CENTRO SUR EN ESTA CIUDAD, mediante el cual interpone demanda de amparo directo que intenta en contra de los actos dictados por la autoridad responsable, siendo esta: La Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, en la que reclama: el laudo de fecha 3 de julio de 2017 y señala como tercero interesado a: 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V., anexando para tal efecto original y cuatro tantos de la citada demanda. de conformidad con el artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, certifique la secretaría la hora y fecha de presentación de la demanda de amparo. Notifíquese 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V, ambos con domicilio procesal ubicado en BOULEVARD BERNARDO QUINTANA NUMERO 636, COLONIA DESARROLLO SAN PABLO EN ESTA CIUDAD DE QUERÉTARO a fin de que comparezcan ante la autoridad correspondiente a defender sus derechos si así lo estiman conveniente. Ríndase informe justificado por las autoridades señaladas como responsables. En el término de cinco días contados a partir del día siguiente a la presentación de la demanda de garantías, remítanse los autos originales del presente expediente, así como la demanda de amparo al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley de Amparo | 2017-08-17 11:40:19 |
00442/2015/5/1 | Visto el escrito recibido por el Secretario Auxiliar de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, a las ocho horas con veintinueve minutos del día diez d agosto del año en curso, suscrito por el LIC. ARTURO AMADOR DIAZ, en su carácter de apoderado de la parte actora y señala como domicilio para recibir notificaciones el despacho ubicado en AVENIDA ARMANDO BIRLAIN SHAFFLER NUMERO 2001, TORRE CORPORATIVA 2, MEZANINE CENTRAL PARK PISO 00, EN LA COLONIA CENTRO SUR EN ESTA CIUDAD, mediante el cual interpone demanda de amparo directo que intenta en contra de los actos dictados por la autoridad responsable, siendo esta: La Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, en la que reclama: el laudo de fecha 3 de julio de 2017 y señala como tercero interesado a: 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V., anexando para tal efecto original y cuatro tantos de la citada demanda. de conformidad con el artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, certifique la secretaría la hora y fecha de presentación de la demanda de amparo. Notifíquese 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V, ambos con domicilio procesal ubicado en BOULEVARD BERNARDO QUINTANA NUMERO 636, COLONIA DESARROLLO SAN PABLO EN ESTA CIUDAD DE QUERÉTARO a fin de que comparezcan ante la autoridad correspondiente a defender sus derechos si así lo estiman conveniente. Ríndase informe justificado por las autoridades señaladas como responsables. En el término de cinco días contados a partir del día siguiente a la presentación de la demanda de garantías, remítanse los autos originales del presente expediente, así como la demanda de amparo al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley de Amparo | 2017-08-17 11:40:19 |
00442/2015/5/1 | Visto el escrito recibido por el Secretario Auxiliar de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, a las ocho horas con veintinueve minutos del día diez d agosto del año en curso, suscrito por el LIC. ARTURO AMADOR DIAZ, en su carácter de apoderado de la parte actora y señala como domicilio para recibir notificaciones el despacho ubicado en AVENIDA ARMANDO BIRLAIN SHAFFLER NUMERO 2001, TORRE CORPORATIVA 2, MEZANINE CENTRAL PARK PISO 00, EN LA COLONIA CENTRO SUR EN ESTA CIUDAD, mediante el cual interpone demanda de amparo directo que intenta en contra de los actos dictados por la autoridad responsable, siendo esta: La Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, en la que reclama: el laudo de fecha 3 de julio de 2017 y señala como tercero interesado a: 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V., anexando para tal efecto original y cuatro tantos de la citada demanda. de conformidad con el artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, certifique la secretaría la hora y fecha de presentación de la demanda de amparo. Notifíquese 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V, ambos con domicilio procesal ubicado en BOULEVARD BERNARDO QUINTANA NUMERO 636, COLONIA DESARROLLO SAN PABLO EN ESTA CIUDAD DE QUERÉTARO a fin de que comparezcan ante la autoridad correspondiente a defender sus derechos si así lo estiman conveniente. Ríndase informe justificado por las autoridades señaladas como responsables. En el término de cinco días contados a partir del día siguiente a la presentación de la demanda de garantías, remítanse los autos originales del presente expediente, así como la demanda de amparo al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley de Amparo | 2017-08-17 11:40:20 |
00442/2015/5/1 | Visto el escrito recibido por el Secretario Auxiliar de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, a las ocho horas con veintinueve minutos del día diez d agosto del año en curso, suscrito por el LIC. ARTURO AMADOR DIAZ, en su carácter de apoderado de la parte actora y señala como domicilio para recibir notificaciones el despacho ubicado en AVENIDA ARMANDO BIRLAIN SHAFFLER NUMERO 2001, TORRE CORPORATIVA 2, MEZANINE CENTRAL PARK PISO 00, EN LA COLONIA CENTRO SUR EN ESTA CIUDAD, mediante el cual interpone demanda de amparo directo que intenta en contra de los actos dictados por la autoridad responsable, siendo esta: La Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el estado, en la que reclama: el laudo de fecha 3 de julio de 2017 y señala como tercero interesado a: 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V., anexando para tal efecto original y cuatro tantos de la citada demanda. de conformidad con el artículo 685 de la Ley Federal del Trabajo, certifique la secretaría la hora y fecha de presentación de la demanda de amparo. Notifíquese 1-CENTRO MUEBLERO PLASCENCIA S.A. DE C.V., 2.- SERVICIOS INTEGRALES PLACENCIA S.A. DE C.V, ambos con domicilio procesal ubicado en BOULEVARD BERNARDO QUINTANA NUMERO 636, COLONIA DESARROLLO SAN PABLO EN ESTA CIUDAD DE QUERÉTARO a fin de que comparezcan ante la autoridad correspondiente a defender sus derechos si así lo estiman conveniente. Ríndase informe justificado por las autoridades señaladas como responsables. En el término de cinco días contados a partir del día siguiente a la presentación de la demanda de garantías, remítanse los autos originales del presente expediente, así como la demanda de amparo al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley de AmparoRadicación | 2017-08-17 11:32:31 |
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