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Expediente | Descripción | Fecha |
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04135/2010/2/1 | se da tramite a demanda de amparo directo y se ordena notificar a los terceros interesados | 2014-04-23 14:00:56 |
04135/2010/2/1 | Recepción de ejecutoria Amparo para efectos Nuevo proyecto, | 2018-03-27 13:32:59 |
04135/2010/2/1 | se aclaran los autos de fechas veintiuno de mayo y veintidós de junio del año en curso | 2015-07-08 11:19:01 |
04135/2010/2/1 | Se remiten copias certificadas a petición del Ministerio Público | 2013-07-01 09:23:12 |
04135/2010/2/1 | Se aclara laudo únicamente para el efecto único efecto de que se tenga como RESOLUTIVO TERCERO. Se ponen a disposición del actor, la cantidad de $1’185,773.10 (UN MILLÓN CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 10/100), por concepto de las prestaciones consistentes en Indemnización Constitucional, Prima de Antigüedad, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo proporcionales, fondo y caja de ahorro, salarios devengados y salarios vencidos, conforme a la cuantificación realizada en el resolutivo aclarado. Por lo que ve al RESOLUTIVO CUARTO, deberá quedar en los siguientes términos: Se condena a ADMINISTRADORA DE CAJA BIENESTAR, S.A. DE C.V. S.F.P. a pagar al actor LUIS LEÓN RAMIREZ MORENO, la cantidad de $1’086,796.80 (UN MILLÓN OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 80/100), por concepto de horas extras. Se ordena enviar copia del presente acuerdo a la autoridad de amparo en cumplimiento a Ejecutoria. | 2017-05-12 11:32:31 |
04135/2010/2/1 | Se le hace entrega al actor de los cheques depositados a su favor, en cumplimiento parcial del laudo dictado por esta autoridad. | 2017-05-12 11:46:41 |
04135/2010/2/1 | se tiene por cumplimentada la sentencia de amparo correspondiente al juicio 4135-2010-2-1 | 2016-04-05 13:55:07 |
04135/2010/2/1 | se condena a la parte demandada al pago de todas y cada una de las prestaciones por la cantidad de $ 1´185,773.10 | 2013-08-20 14:11:49 |
04135/2010/2/1 | SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO POR ENCONTRARSE DEBIDAMENTE CONCLUIDO. jpd | 2024-02-27 11:53:07 |
04135/2010/2/1 | Se tiene por enterada esta autoridad de la admisión del amparo directo promovido por el quejoso bajo el número 497/2017. | 2017-06-26 12:54:46 |
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