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Expediente | Descripción | Fecha |
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06964/2014/4/1 | Se le tiene a la parte DEMANDADA ALIMENTOS MASIVOS TABARES, S.A DE C.V, nombrando como nuevos apoderados legales y se le tiene señalando nuevo domicilio procesal para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en PASEO DE LOS NOGALES NUMERO 5, FRACCIONAMIENTO EL ESPARRAGO, COLONIA CENTRO, SAN JUAN DEL RIO, QUERETARO. Se autoriza la expedición de copias simples de todo lo actuado dentro del presente procedimiento a costa de la parte demandado. | 2019-08-07 16:21:25 |
04889/2018/2/1 | se señalan las 13:00 del 16-08-2019 para que tenga verificativo la continuacion de la audiencia de C.D.E | 2019-08-07 16:21:14 |
05541/2018/4/1 | Se declara improcedente el incidente de personalidad plateado y se requiere a la parte actora para que precise si el tercero que llama a juicio es una persona moral legalmente constituida. | 2019-08-07 16:17:36 |
01932/2017/4/1 | En atención a la solicitud de la parte actora, no ha lugar a acordar de conformidad, de conformidad con los artículos 875 y 878 fracción II segundo párrafo de la Ley Federal del Trabajo se dejan a salvo los derechos de esta parte para que los ejercite en el momento procesal oportuno. Ahora bien y visto el estado procesal que guardan los autos, queda subsistente para la parte actora el requerimiento formulado en auto de fecha de fecha veintitrés de agosto de dos mil dieciocho, a efecto de que proporcione los elementos necesarios para llevar a cabo el legal emplazamiento de los hoy demandados. | 2019-08-07 16:14:33 |
06653/2014/4/1 | Se le requiere a la parte actora para que en el término de tres días aclare o precise el nombre correcto y completo así como el domicilio de las de las Instituciones o Dependencias que señala en el mismo, a fin de girar los respectivos oficios para que brinden la información que la parte actora solicita. | 2019-08-07 16:12:32 |
01768/2009/4/1 | Se señalan las 8:30 horas del día 17 de septiembre de 2019 para desahogo de pruebas Testimoniales. | 2019-08-07 16:11:06 |
02092/2015/4/1 | se señalan LAS NUEVE HORAS DEL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE para que tenga verificativo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, | 2019-08-07 16:09:15 |
05918/2016/1/1 | Se señalan las 12:30 hrs., del dia 16-12-2019, para que tenga verificativo la audiencia de ley. | 2019-08-07 16:08:41 |
06242/2016/3/1 | se da cumplimento a la ejecutoria y se emite laudo | 2019-08-07 16:03:24 |
01504/2016/4/1 | Se tiene a la parte demandada, formulando sus alegatos respectivos en los términos que hace valer, así mismo ante la omisión de la parte actora de formular alegatos, es que se le tiene a esta parte, por perdido su derecho a formularlos, con fundamento en los artículos 738 y 884 fracción V de la Ley Federal del Trabajo. Ahora bien ante la Certificación realizada por la Secretaria de que no hay pruebas pendientes por desahogar, es que se da vista a las partes de dicha certificación por el término de tres días para que expresen su conformidad con la certificación realizada, bajo el apercibimiento que si transcurrido el término señalado no lo hicieren y hubiere pruebas por desahogar, se les tendrá por desistidos de las mismas, para todos los efectos legales a que haya lugar | 2019-08-07 16:02:50 |
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