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Expediente | Descripción | Fecha |
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05277/2011/1/1 | En atención a las razones actuariales de los exhortos recibidos de donde se desprenden los motivos por los cuales no fue posible llevar acabo el emplazamiento de los demandados, se da vista a la parte actora concediéndole el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto de las demandadas a efecto de ser notificadas y emplazada. | 2019-06-07 11:55:13 |
07609/2013/1/1 | en atención a lo antes expuesto y como medida para mejor proveer y en razón de las medias sanitarias debido a la pandemia existente y de no proliferar contagios masivos, esta Junta concede a las partes termino de tres días para que exhiban las objeciones por escrito | 2021-05-04 13:01:36 |
06795/2018/1/1 | en atención a lo antes expuesto y como medida para mejor proveer y en razón de las medias sanitarias debido a la pandemia existente y de no proliferar contagios masivos, esta Junta concede a las partes termino de tres días para que exhiban las objeciones por escrito | 2021-05-04 13:04:57 |
01758/2019/1/1 | en atención a lo antes expuesto y como medida para mejor proveer y en razón de las medias sanitarias debido a la pandemia existente y de no proliferar contagios masivos, esta Junta concede a las partes termino de tres días para que exhiban las objeciones por escrito | 2021-12-15 12:32:06 |
05460/2019/1/1 | en atención a lo antes expuesto y como medida para mejor proveer y en razón de las medias sanitarias debido a la pandemia existente y de no proliferar contagios masivos, esta Junta concede a las partes termino de tres días para que exhiban las objeciones por escrito. Quedando notificadas las partes, con el apercibimiento de no presentarla en el término solicitada se tendrán por no opuestas las mismas, poniéndose a la vista de las partes las pruebas ofrecidas. Por ultimo y como solicita la parte actora previo cotejo y certificación que realice la secretaría, de los escrito y documentos que se anexan los cuales se ponen a las vista de las partes y se ordena agregar a los autos | 2021-04-26 18:44:34 |
03213/2020/1/1 | en atención a lo antes expuesto y como medida para mejor proveer y en razón de las medias sanitarias debido a la pandemia existente y de no proliferar contagios masivos, esta Junta concede a las partes termino de tres días para que exhiban las objeciones por escrito. Quedando notificadas las partes, con el apercibimiento de no presentarla en el término solicitada se tendrán por no opuestas las mismas, poniéndose a la vista de las partes las pruebas ofrecidas autorizando copias de la mismas. Se ordena agregar a los autos la carta poder exhibida y documentos que se anexan las partes demandada con el número 2 y 3 los cuales se ponen a las vista de las partes y se ordena agregar a los autos | 2021-05-12 13:22:16 |
07942/2016/1/1 | en atención a lo antes expuesto y como medida para mejor proveer y en razón de las medias sanitarias debido a la pandemia existente y de no proliferar contagios masivos, esta Junta concede a las partes termino de tres días para que exhiban las objeciones por escrito. Quedando notificadas las partes, con el apercibimiento de no presentarla en el término solicitada se tendrán por no opuestas las mismas, poniéndose a la vista de las partes las pruebas ofrecida | 2021-03-09 12:32:22 |
05768/2013/5/1 | en atención a lo dispuesto por el artículo 719 de la Ley Federal del Trabajo, y al estado que guardan los autos, visto que la audiencia señalada para la Audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, no se llevó a cabo, por haberse señalado en un día inhábil y de conformidad con los artículos 873, 874 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, se señalan las ONCE HORAS DEL DÍA NUEVE DE ENERO DE DOS MIL CATORCE, para que se lleve a cabo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, prevista por el artículo 873 de la Ley Federal del Trabajo | 2013-10-29 13:48:27 |
06668/2009/5/1 | en atención a lo dispuesto por los artículos 967, 968 apartado B, 970, 971, 972, 973, 974, 975 y demás relativos aplicables de la Ley Federal del Trabajo, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo la primera almoneda del remate sobre el bien inmueble embargado en este procedimiento | 2013-09-19 10:45:24 |
05709/2021/6/1 | En atención a lo manifestado por el promovente, en razón de que la parte actora no acudió a ratificar el escrito de desistimiento presentado por su apoderado legal, se le hacen efectivos los apercibimientos decretados en acuerdo de fecha dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno, teniéndose a la parte actora por desistida de manera lisa y llana del escrito inicial de demanda en contra de todos y cada uno de los demandados. Se ordena el archivo del presente asunto. | 2022-03-23 11:29:20 |
5500367139897140007721817118207161846983376914258314790791