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Expediente | Descripción | Fecha |
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00095/2018/4/1 | El tribunal de alzada informa que remite los autos del amparo numero 714/2019, al Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula Puebla para su resolución. | 2019-12-16 14:11:08 |
03741/2013/4/1 | El Tribunal de alzada informa que se admite la demanda de amparo promovida por Jorge Alberto Carvajal Avila, bajo el numero 273/2017, y da plazo a las partes para promober amparo adhesivo o formular alegatos. | 2017-04-25 13:53:31 |
06963/2014/4/1 | El Tribunal de alzada informa que se admite la demanda de garantias presentada por Taba Industrial Dinners, S.A. DE C.V. y Tabares de puebla, S.A. DE C.V., y otorga un plazo a las partes de quince días para formular alegatos o promuevan amparo adhesivo. | 2018-07-04 12:53:59 |
07073/2015/4/1 | el Tribunal de Alzada informa que tiene por cumplida de esta Autoridad, la sentencia de amparo. SE. | 2019-04-12 12:55:08 |
07168/2014/4/1 | El Tribunal de Alzada informa que tiene por cumplida de esta Autoridad, la sentencia de amparo. SE. | 2019-04-12 12:55:36 |
02361/2016/4/1 | el Tribunal de Alzada informe sobre el recurso de revisión interpuesto por la quejosa a la sentencia dictada en el jucio de amparo indirecto 350/2018. | 2018-09-13 13:56:29 |
03235/2017/4/1 | el Tribunal de alzada inofmra que remite los autos del amparo numero 687/2019, al Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula Puebla para su resolución. | 2019-12-16 13:56:44 |
08071/2016/4/1 | el tribunal de Alzada remite a esta autoridad los autos que integran el expediente laboral 08071/2016/4/1, constante de 50 fojas, así como copia autorizada del testimonio de la resolución dictada dentro del juicio de amparo numero 698/2018, promovido por dos de los demandados, en la cual determina que la Justicia de la Unión Ampara y protege a los quejoso, para los efectos que precisa en su último considerando, por lo que en cumplimiento a la misma, se deja insubsistente el laudo reclamado y se ordena reponer el procedimiento del juicio laboral que nos ocupa para los siguientes efectos: con fundamento en el artículo 880 de la Ley Federal del Trabajo, se señalan LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA DIECISÉIS DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS en cuanto a los demandados hoy quejosos se refiere. | 2019-04-23 14:51:15 |
07338/2015/4/1 | El Tribunal de alzada remite a esta Junta el testimonio dictado en el Amparo en revisión 373/2018, interpuesto por la demandada, en la cual determina que se confirma la resolución recurrida (sentencia dictada en el juicio de amparo indirecto 1185/2018), en el sentido que la Justicia de la Unión no ampara ni protege a la quejosa. | 2019-05-09 11:15:27 |
01831/2012/4/1 | El Tribunal de alzada tiene por admitida la demanda de garantías promovida por el C. RAYMUNDO TELLO PEREZ, asignándole el numero 741/2018 y otorga un plazo a las partes de quince días para formular alegatos o promuevan amparo adhesivo. | 2018-10-08 13:17:30 |
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