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Expediente | Descripción | Fecha |
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03125/2008/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por la Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del XXII Circuito en el Estado, relativos al juicio de amparo 687/2013/2013, interpuesto por IMPULSE TELECOM QUERÉTARO, S.A. DE C.V., a través de su apoderado legal, mediante el cual remite la resolución pronunciada en los autos del juicio de amparo, en la que resuelve que la justicia de la unión ampara y protege a la quejosa. En cumplimiento a la ejecutoria de mérito, se deja insubsistente el laudo dictado dentro del expediente laboral en el que se actúa en fecha 28 de mayo de 2013, en consecuencia remítase los autos del citado expediente al auxiliar a efecto de que elabore el nuevo proyecto de laudo, siguiendo los lineamientos dictados por la autoridad de amparo. | 2013-12-16 08:17:05 |
03755/2009/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por la Secretaria de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, relativos al amparo directo laboral 633/2013, promovido por MARIO MOISES CAMACHO ESPINOZA. Téngase a ésta Autoridad enterada de la Admisión de la demandada de amparo directo que realiza la Autoridad Oficiante | 2013-06-28 13:52:55 |
08468/2009/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por la Lic. Elizabeth Jiménez Ibarra, secretaria del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado, relativos al juicio de amparo 1107/2012-III, interpuesto por ARNULFO GALLARDO GÓMEZ, con los cuales remite la resolución dictada en el amparo mediante la cual se le negó el amparo y la protección de la Justicia Federal respecto de los actos reclamados de las autoridades señaladas, y una vez que la misma cause ejecutoria, se procederá a acordar de conformidad. Notifíquese a las partes en sus respectivos domicilios procesales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 742 de la Ley Federal del Trabajo. | 2013-07-24 08:17:53 |
05010/2009/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por la gerente del área Jurídica del INFONAVIT y el titular de la jefatura de Servicios Jurídicos del IMSS, y en atención a que de los mismos se desprende que únicamente tienen registrado ante los mismos, el domicilio de una persona física denominada LORENA MONTES VILLEDA, no así de la persona física LORENA MONTES MIGUEL, se tiene presuntivamente cierto como nombre correcto y completo de la patronal LORENA MONTES VILLEDA, salvo prueba en contrario, y toda vez que de los oficios de cuenta se desprende el domicilio de LORENA MONTES VILLEDA, el cual se encuentra fuera de la residencia de ésta Junta, con fundamento en el artículo 753 de la Ley Federal del Trabajo, se ordena girar atento exhorto al C. Presidente de la Junta Especial Número Cuatro de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, para que en auxilio de las labores de éste Tribunal se sirva ordenar a quien corresponda, realice la notificación con once días de anticipación por lo menos, a la patronal LORENA MONTES VILLEDA en el domicilio ubicado en H. COLEGIO MILITAR 216 CETRO, EZEQUIEL MONTES, QUERÉTARO Y H. COLEGIO MILITAR 64, CENTRO, EZEQUIEL MONTES, QUERÉTARO, corriéndole traslado con copia del presente acuerdo, y del acuerdo de fecha veinticuatro de septiembre del año en curso, que deberán remitirse para ese efecto y cerciorándose el Actuario de la identidad de la buscada, a fin de no notificar a un homónimo de la misma. La Autoridad exhortada deberá requerir a la patronal para que señale domicilio procesal para oír y recibir notificaciones en ésta Ciudad de Santiago de Querétaro., en la inteligencia que de no hacerlo las posteriores notificaciones aún las de carácter personal le surtirán efecto por lista en los estrados de la exhortante. Con fundamento en el artículo 731, fracción I de la Ley Federal del Trabajo, se apercibe a la patronal que para el caso de encontrarse debidamente notificada y no comparezca ante esta Autoridad, se hará acreedora, a una multa por siete veces el salario mínimo general, vigente en este Estado y tiempo en que se cometa la infracción. Y en caso de no comparecer a pesar de encontrarse debidamente citado y de que se le haga efectivo el apercibimiento anteriormente señalado, será presentada por conducto de la policía para la siguiente fecha que se señale. Subsiste la Audiencia señalada para las TRECE HORAS DEL DÍA ONCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE, para el verificativo de la audiencia incidental de reposición de autos | 2013-10-16 15:22:11 |
02323/2013/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, relativos al juicio de amparo 2107/2013-II-B, interpuesto por EXPERTOS EN RESTAURANRES, S. DE R.L. DE C.V. a traves de su apoderado legal, en los que se comunica que se ha admitido la demanda de amparo indirecto donde ha señalado como autoridad responsable a la Junta Especial Número Cinco de la Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, su Presidente y Actuario Adscrito. Téngase a esta Autoridad por enterada de las fechas en que se llevarán a cabo la audiencia incidental y constitucional. Ríndanse los informes previos y justificados por las autoridades señaladas como responsables en los plazos fijados para tal efecto, anexando copias certificadas de las constancias solicitadas | 2013-10-21 15:34:11 |
04283/2010/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, relativos al juicio de amparo 1339/2013-II-B, interpuesto por CT LORETO, S. DE R.L. DE C.V., a través de su apoderado legal Francisco Javier Carrillo Ramírez, para que surtan los efectos legales que ha lugar correspondan y tómese nota del diferimiento de la Audiencia Constitucional y la fecha señalada para tal efecto | 2013-10-07 11:48:44 |
04283/2010/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, relativos al juicio de amparo 1339/2013-II-B, interpuesto por CT LORETO, S. DE R.L. DE C.V., a través de su apoderado legal Francisco Javier Carrillo Ramírez, para que surta los efectos legales que ha lugar correspondan y tómese nota del diferimiento de la Audiencia Constitucional y la fecha señalada para tal efecto | 2013-11-28 09:46:25 |
04283/2010/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, relativos al juicio de amparo 1339/2013-II-B, interpuesto por CT LORETO, S. DE R.L. DE C.V., a través de su apoderado legal Francisco Javier Carrillo Ramírez, para que surta los efectos legales que ha lugar correspondan y tómese nota del diferimiento de la Audiencia Constitucional y la fecha señalada para tal efecto | 2013-08-13 09:08:34 |
04283/2010/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, relativos al juicio de amparo 1339/2013-II-B, interpuesto por CT LORETO, S. DE R.L. DE C.V., a través de su apoderado legal Francisco Javier Carrillo Ramírez, mediante los cuales informa que se negó la suspensión definitiva, solicitada por el quejoso. | 2013-07-11 14:24:28 |
04283/2010/5/1 | Se ordena agregar a los autos los oficios suscritos por el Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en el Estado, relativos al juicio de amparo 1339/2013-II-B, interpuesto por CT LORETO, S. DE R.L. DE C.V., a través de su apoderado legal Francisco Javier Carrillo Ramírez, para que surta los efectos legales que ha lugar correspondan y tómese nota del diferimiento de la Audiencia Constitucional y la fecha señalada para tal efecto | 2013-09-13 08:08:16 |
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