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Expediente | Descripción | Fecha |
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00208/2023/6/1 | VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y TODA VEZ QUE LA PARTE ACTORA NO HA ACTUADO NI PRESENTADO PROMOCIÓN ALGUNA, SE REQUIERE PARA QUE PRESENTE PROMOCIÓN DENTRO DEL PROCEDIMIENTO A EFECTO DE CONTINUAR CON LA SECUELA PROCESAL, EN CASO DE OMISIÓN SE TENDRÁ POR DESISTIDA DE LA ACCIÓN INTENTADA Y SE ORDENARA EL ARCHIVO. AO | 2024-11-13 13:23:08 |
00552/2013/5/1 | VISTO el estado que guardan los autos y toda vez que esta autoridad por error en el acuerdo de fecha cuatro de julio de dos mil trece, señalo como número de expediente 00552/2013/11 siendo el correcto 00552/2013/51 y Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 685 y 686 de la Ley Federal del Trabajo y por economía procesal se regulariza el presente procedimiento y tendrá que tenerse inserto en el acuerdo de fecha cuatro de julio de dos mil trece, el número de expediente 00552/2013/51, lo que se asienta para los efectos y fines legales que a lugar correspondan, así mismo a la parte demandada se le hace efectivo el apercibimiento y se tiene por admitidas las peticiones de la actora, así mismo se le tiene por perdidos sus derechos no ejercitados en tiempo y forma. Toda vez que el presente acuerdo no colma los supuestos contenidos en el artículo 742 de la Ley Federal del Trabajo, no se hace necesaria la notificación personal a las partes y con fundamento en el artículo 745 de la ley de la materia, la notificación del presente les surte mediante lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gom.mx”) | 2013-07-08 09:02:57 |
05105/2015/1/1 | Visto el estado que guardan los autos y toda vez que en el acuerdo de fecha 28 de febrero de 2018 donde se reprograma el desahogo de las pruebas PENDIENTES POR DESAHOGAR ofrecidas por las partes, puede haber confusión en cuanto a la fecha y hora de su desahogo, esta autoridad les hace saber a las partes que, el desahogo de las pruebas pendientes por desahogar lo será en la fecha NUEVE DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO. se ordena notificar a la parte actora y demandadas dentro del presente asunto el presente acuerdo en los domicilios procesales señalados en autos | 2018-03-22 14:31:37 |
02457/2017/1/1 | visto el estado que guardan los autos y toda vez que del escrito inicial de demanda se señalan varios salarios, no señala la periodicidad con la que se pagaba y no señala los días de trabajo que tenia asignada la parte actora se le requiere a la parte actora para que en el término de tres días contados a partir de que surta efectos la notificación del presente, PRECISE EL SALARIO DE LA PARTE ACTORA, LA PERIODICIDAD CON LA QUE SE PAGABA Y LOS DIAS QUE TRABAJABA apercibiendo al actor que de no dar cumplimiento dentro del plazo de tres días contados a partir de la notificación del presente, comenzará a correr el término de la caducidad prevista por los artículos 772 y 773 de la Ley Federal del Trabajo. Se ordena notificar a la parte actora en el domiclio procesla señaldo en autos para tal efecto. | 2018-03-09 13:54:26 |
05111/2018/5/1 | VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y QUE LA PARTE ACTORA NO HA PRESENTADO PROMOCIÓN ALGUNA, SE DETERMINA QUE HA OPERADO LA CADUCIDAD Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. JCA | 2022-07-14 15:15:02 |
04801/2018/5/1 | VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y QUE LA PARTE ACTORA NO HA PRESENTADO PROMOCIÓN ALGUNA, SE DETERMINA QUE HA OPERADO LA CADUCIDAD Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. JCA | 2022-07-14 15:15:17 |
05049/2018/5/1 | VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y QUE LA PARTE ACTORA NO HA PRESENTADO PROMOCIÓN ALGUNA, SE DETERMINA QUE HA OPERADO LA CADUCIDAD Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. JCA | 2022-07-14 15:15:32 |
04553/2018/5/1 | VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y QUE LA PARTE ACTORA NO HA PRESENTADO PROMOCIÓN ALGUNA, SE DETERMINA QUE HA OPERADO LA CADUCIDAD Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. JCA | 2022-07-14 15:15:50 |
01719/2020/2/1 | VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y QUE DE LA CONSTANCIA ACTUARIAL SE DESPRENDE QUE NO PUEDEN SER CITADOS LOS CC IÑAKI EMANUEL VILLAHOZ, EMANUEL SEPULVEDA RANGEL Y LUCERO ANGELICA MARTINEZ PARA SU CONFESIONAL DE HECHO SPROPIOS ES QUE SE LE REQUIERE A LA PARTE ACTORA PARA QUE SEÑALE EL DOMICILIO DONDE PUEDEN SER NOTIFICADOS APERCIBIENDOLE QUE PARA EL CASO DE NO HACERLO SE LE DECLARARA DESIERTA LA PRUEBA CONFESIONAL PARA HECHOS PROPIOS. SE ORDENA NOTIFICRA A LAS PARTES. (PUBLICO EL 13 DE MARZO DE 2025) lrc | 2025-03-20 13:32:21 |
06217/2017/5/1 | VISTO EL ESTADO QUE GUARDAN LOS AUTOS Y LAS PROMOCIONES DE LA PARTE ACTORA, SE REQUIERE A LA PARTE ACTORA PARA QUE RATIFIQUE SU SOLICITUD. jm | 2021-10-07 11:13:21 |
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