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Expediente | Descripción | Fecha |
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05654/2021/4/1 | SE TIENE POR PRESENTE A LA PARTE ABSOLVENTE DE LA PRUEBA CONFESIONAL Y ANTE LA INCOMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA ANTE LA FALTA DE ELEMENTOS NECESARIOS PARA SU DESAHOGO SE DECLARA DESIERTA LA PRUEBA CONFESIONAL A CARGO DE LA PARTE DEMANDADA. EN ATENCION AL PRIMER ESCRITO DE CUENTA MEDIANTE EL CUAL EL APODERADO LEGA DE LA PARTE ACTORA PRETENDE REALIZAR TACHA DE TESTIGOS, SE DICE NO HA LUGAR A ACORDAR DE CONFORMIDAD LO SOLICITADO YA QUE EL MOMENTO PROCESAL OPORTUNO PARA REALIZAR DICHAS OBJECIONES LO FUE AL DESAHOGARSE LA PRUEBA CONFESIONAL Y SE TIENE A LA PARTE ACTORA POR PERDIDO SU DERECHO NO EJERCITADO EN TIEMPO Y FORMA EN ATENCION AL SEGUNDO ESCRITO DE CUENTA SE HACE EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADOS EN AUTOS Y SE TIENE POR FIDEDIGNAS LAS PRUEBAS DOCUMENTALES QUE OBRAN EN AUTOS. JFCH | 2022-08-22 13:29:42 |
08692/2017/1/1 | se tiene por presente a la compareciente, y por hechas sus manifestaciones por lo que con fundamento en lo dispuesto en los términos artículos 873, 874 al 890 de la ley federal del trabajo se suspende la presente audiencia y se señalan se señalan las ONCE HORAS DEL DÍA VEINTIDOS DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO para que tenga verificativo el desahogo de la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, a la que quedan legalmente citadas las partes comparecientes, para quien subsisten los apercibimientos decretados para el caso de su incomparecencia. Se ordena al Actuario lleve a cabo el emplazamiento de los demandados en compñia de la parte actora. | 2018-04-04 10:22:26 |
00993/2011/5/1 | Se tiene por presente a la compareciente y por rendido el informe de la Secretaría, y en vista de este, por cuanto ve a la incomparecencia de la parte demandada, por no existir constancias de su legal notificación y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 685, 689 al 697 y demás relativos aplicables de la Ley Federal del Trabajo y en el siguiente criterio jurisprudencial: APODERADO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. SU RENUNCIA EN LA ETAPA DE CONCILIACIÓN, DEMANDA Y EXCEPCIONES, OFRECIMIENTO Y ADMISIÓN DE PRUEBAS, DEBE NOTIFICARSE PERSONALMENTE AL MANDANTE. Registro 163229, Novena Época, Segunda Sala. Con fundamento en el artículo 874 de la Ley Federal del Trabajo no es posible el desahogo de la presente audiencia por lo tanto se suspende y se señalan las NUEVE QUINCE HORAS DEL DIA VEINTIDÓS DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, para que tenga verificativo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones, Ofrecimiento y Admisión de Pruebas. | 2013-07-01 09:31:39 |
01890/2017/3/1 | Se tiene por presente a la compareciente y en razón de la falta de emplazamiento de la demandada, se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto del demandado a efecto de ser notificado y emplazado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley | 2017-06-02 12:06:49 |
01890/2017/3/1 | Se tiene por presente a la compareciente y en razón de la falta de emplazamiento de la demandada, se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto del demandado a efecto de ser notificado y emplazado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley | 2017-06-02 12:07:41 |
01890/2017/3/1 | Se tiene por presente a la compareciente y en razón de la falta de emplazamiento de la demandada, se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto del demandado a efecto de ser notificado y emplazado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley | 2017-06-02 12:07:42 |
01890/2017/3/1 | Se tiene por presente a la compareciente y en razón de la falta de emplazamiento de la demandada, se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto del demandado a efecto de ser notificado y emplazado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley | 2017-06-02 12:07:42 |
01890/2017/3/1 | Se tiene por presente a la compareciente y en razón de la falta de emplazamiento de la demandada, se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto del demandado a efecto de ser notificado y emplazado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley | 2017-06-02 12:07:42 |
01890/2017/3/1 | Se tiene por presente a la compareciente y en razón de la falta de emplazamiento de la demandada, se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio correcto del demandado a efecto de ser notificado y emplazado, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley | 2017-06-02 12:07:42 |
05093/2014/5/1 | Se tiene por presente a la compareciente Consuelo Aguilar Cardenas, la Secretaria certifica la entrega del cheque, se ordena el archivo del presente aunto como total y legalmente concluido. | 2020-01-28 14:55:29 |
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