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Expediente | Descripción | Fecha |
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02206/2015/1/1 | Audiencia de O.A.P. en rebeldía de la demandada, término para alegatos. | 2015-11-10 12:13:57 |
02206/2015/1/1 | Se señalan las 13:00 10-09-2015 para que tenga verificativo la audiencia de conciliación, demanda y excepciones prevista por los artículos 873 y 875 de la Ley Federal del Trabajo. | 2015-07-07 12:09:00 |
02206/2015/1/1 | Audiencia de C. D. E., en rebeldía de la parte demandada y se señalan las DOCE HORAS DEL DÍA DIEZ DE NOVIEMBRE DE DOS MIL QUINCE para que tenga verificativo la audiencia de ofrecimiento y admisión de pruebas. | 2015-09-10 13:23:47 |
02206/2015/1/1 | Condenatorio, se ordena la reinstalacion de la actora juntamente con el pago de las prestaciones señaladas en el presente laudo | 2017-02-02 15:47:52 |
02206/2015/1/1 | Téngase a esta autoridad por notificada de la sentencia dictada dentro de los autos del juicio de amparo indirecto número 410/2017-X, mediante la cual la Justicia de la Unión no ampara ni protege a Diego Niembro Ugalde. Por lo que una vez que cause ejecutoria la sentencia de mérito se acordará lo conducente. | 2017-07-19 15:16:19 |
02206/2015/1/1 | Téngase a esta autoridad por notificada que se desecho por extemporánea la demanda de amparo directo 598/2017 promovida por Diego Niembro Ugalde. | 2017-08-22 14:40:38 |
02206/2015/1/1 | Ante la falta de comparecencia de los terceros interesados LEON FELIPE LUGO RIVERA y LOS TRES COMPAS, S. DE R.L. DE C.V., no obstante el aviso fijado en fecha dieciséis de junio de dos mil diecisiete, en donde el Actuario adscrito a esta Junta le citó para comparecer ante esta autoridad dentro de los dos días siguientes para ser notificada de la demanda de amparo indirecto 410/2017-X interpuesta por Diego Niembro Ugalde, con fundamento en el artículo 27 fracción I, inciso C, de la Ley de Amparo, se le notifica por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx”) la demanda de amparo promovida por Diego Niembro Ugalde, del auto admisorio de demanda de amparo, copia del proveído de quince de mayo de dos mil diecisiete y del acuerdo de cinco de junio de dos mil diecisiete dictados en el amparo de referencia y del acuerdo emitido por esta autoridad de fecha catorce de junio del año en curso, dejando a su disposición en la Secretaría General de esta Junta copia debidamente cotejada de los documentos descritos, quedando con ello legalmente emplazados en su carácter de terceros interesados para todos los efectos legales a que haya lugar. Se hace saber a los terceros interesados que la audiencia constitucional tendrá verificativo a las NUEVE HORAS CON CINCUENTA Y CINCO MINUTOS DEL VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE, apercibiéndoles que dentro del término de tres días contados a partir de la legal notificación de este acuerdo, señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de Querétaro, Qro., en la inteligencia que de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, sin previo acuerdo, le surtirán efectos por medio de lista que se fije en los estrados del Juzgado de Distrito, con fundamento en el artículo 27 fracción III de la Ley de Amparo. | 2017-06-21 13:38:49 |
02206/2015/1/1 | Se señalan las 09:00 horas del 25/058/2018 para la reinstalación de la actora. | 2018-02-06 10:08:50 |
02206/2015/1/1 | Cierre de instrucción | 2016-03-30 15:46:08 |
02206/2015/1/1 | Téngase a esta autoridad por enterada que ha causado estado la determinación dictada en el amparo 598/2017, el cual se desechó por extemporáneo. | 2017-09-25 08:23:14 |
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