Displaying 29791-29800 of 880432 result(s).
Expediente | Descripción | Fecha |
---|---|---|
06605/2012/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por Teresa Carrillo Coronel y Humberto Rayas Vazquez en contra de actos dictados por esta autoridad. Se ordenó el emplazamiento del tercero interesado. En su oportunidad remitase el informe justificado con los anexos correspondientes al Tribunal Colegiado del Vigesimo Segundo Circuito en el Estado. | 2013-05-09 16:01:42 |
11159/2012/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por Omar Antonio Rodriguez Luna, formándose el cuaderno de antecedentes respectivo. Se ordenó emplazar a la tercera interesada. En su oportunidad remítase las constancias correspondientes al Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. | 2014-08-19 08:37:11 |
01460/2011/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por Nancy Estela Meza Marquez, formándose el cuaderno de antecedentes respectivo. Se ordenó emplazar a la tercera interesada Saux, S.A. de C.V., en su domicilio procesal. Por lo que respecta a la tercera interesada Marketing Creatividad y Valores, S.A. de C.V., que no señaló domicilio para oír y recibir notificaciones en el juicio laboral que nos ocupa, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el artículo 29 de la Ley de Amparo, la notificación de la citada demanda de garantías, le surte efectos por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx”), haciéndole saber que las copias de traslado de la citada demanda quedan a su disposición en la Secretaria General de esta Junta y que deberá comparecer ante la autoridad federal correspondiente a defender sus derechos si así lo estimaran conveniente. En su oportunidad remítase las constancias correspondientes al Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. | 2014-04-28 15:03:56 |
07914/2009/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por Miguel Concha Loyola. Por lo que respecta a los terceros interesados ANTONIO GARCÍA RIVERA Y DIEGO FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y RAMOS que no señalaron domicilio para oír y recibir notificaciones en el juicio laboral que nos ocupa, el primero en virtud que mediante escrito de siete de marzo de dos mil trece, revocó el domicilio procesal señalado en autos, sin que hasta la fecha haya designado nuevo domicilio procesal, y el segundo toda vez que en ningún momento compareció a juicio, con fundamento en el artículo 739 de la LFT en relación con el artículo 29 de la LA, la notificación de la demanda de garantías promovida por Miguel Concha Loyola, le surte efectos por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx”), haciéndoles saber que las copias de traslado de la citada demanda quedan a su disposición en la Secretaria General de esta Junta y que deberán comparecer ante la autoridad federal correspondiente a defender sus derechos si así lo estimaran conveniente. En su oportunidad remítase las constancias correspondientes al Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. | 2014-03-04 11:03:37 |
07914/2009/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por Miguel Concha Loyola en contra del laudo de 28 de mayo de 2014, formándose el cuaderno de antecedentes respectivo. Por lo que respecta a los terceros interesados ANTONIO GARCÍA RIVERA Y DIEGO FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y RAMOS que no señalaron domicilio para oír y recibir notificaciones en el juicio laboral que nos ocupa, el primero en virtud que mediante escrito de siete de marzo de dos mil trece, revocó el domicilio procesal señalado en autos, sin que hasta la fecha haya designado nuevo domicilio para oír y recibir notificaciones, y el segundo toda vez que en ningún momento compareció al juicio laboral que nos ocupa, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el artículo 29 de la Ley de Amparo, la notificación de la demanda de garantías promovida por Miguel Concha Loyola, le surte efectos por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx”), haciéndoles saber que las copias de traslado de la citada demanda quedan a su disposición en la Secretaria General de esta Junta y que deberán comparecer ante la autoridad federal correspondiente a defender sus derechos si así lo estimaran conveniente. En su oportunidad remítase las constancias correspondientes al Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. | 2014-06-13 14:52:03 |
00539/2012/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por María Guadalupe del Rayo Montes Gyves, formándose el cuaderno de antecedentes respectivo. Por lo que respecta a los terceros interesados APROPOSSE S.A. DE C.V., y DAVID MONTES GYVES, que posterior a la renuncia de poder que realizaron sus apoderados legales no señalaron domicilio para oír y recibir notificaciones en el juicio laboral que nos ocupa, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el artículo 29 de la Ley de Amparo, la notificación de la demanda de garantías promovida por María Guadalupe del Rayo Montes Gyves, les surte efectos por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx”), haciéndoles saber que las copias de traslado de la citada demanda quedan a su disposición en la Secretaria General de esta Junta y que deberán comparecer ante la autoridad federal correspondiente a defender sus derechos si así lo estimaran conveniente. Se ordena remitir las constancias correspondientes al Tribunal Colegiado en materias Administrativa y del Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. | 2016-10-03 08:47:48 |
05963/2007/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por María Elena Morales Alarcón y otros. Se ordenó el emplazamiento de los terceros interesados. | 2013-02-07 13:59:26 |
01433/2013/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por María del Carmen López Pérez, ordenandose el emplazamiento del tercer interesado. | 2014-11-24 14:58:18 |
10512/2011/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por María del Carmen Elias Espinoza, formándose el cuaderno de antecedentes respectivo. A los terceros interesados TACOS Y MICHELADAS EL CURADERO, RAÚL ARIF DIAZ y QUIEN RESULTE SER PROPIETARIO Y RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO, que no señalaron domicilio para oír y recibir notificaciones en el juicio laboral que nos ocupa, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo en relación con el artículo 29 de la Ley de Amparo, la notificación de la citada demanda de garantías, le surte efectos por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“trabajo.queretaro.gob.mx”), haciéndoles saber que las copias de traslado de la citada demanda quedan a su disposición en la Secretaria General de esta Junta y que deberá comparecer ante la autoridad federal correspondiente a defender sus derechos si así lo estimaran conveniente. Se ordena remitir las constancias correspondientes al Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito en el Estado. | 2015-12-09 14:47:44 |
08207/2011/2/1 | Se tiene por radicada la demanda de amparo directo promovida por Ma. Yolanda Ojeda Bárcenas por conducto de su apoderada legal, ordenando el emplazamiento del tercero perjudicado. | 2013-04-11 11:29:11 |
2867213545610992096410121809327251791616111425724421858