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Expediente | Descripción | Fecha |
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03583/2016/5/1 | SE TIENE POR RENDIDO EL PERITAJE ENCOMENDADO mcgo | 2023-10-10 13:50:34 |
06005/2011/5/1 | SE TIENE POR RENDIDO EL PERITAJE ENCOMENDADO mcgo | 2023-10-30 10:53:33 |
05956/2011/2/1 | se tiene por rendido el peritaje encomendado al perito designado a la parte actora | 2014-07-07 11:41:48 |
04455/2014/5/1 | SE TIENE POR RENDIDO EL PERITAJE ENCOMENDADO acma/mcgo | 2023-09-07 14:05:39 |
08085/2013/5/1 | SE TIENE POR RENDIDO EL PERITAJE ENCOMENDADO acma/mcgo | 2023-08-22 14:26:34 |
05278/2017/5/1 | SE TIENE POR RENDIDO EL PERITAJE ENCOMENDADO acma/mcgo | 2023-08-22 14:27:01 |
05239/2018/1/1 | SE TIENE POR RENDIDO EL INFORMES DE INSTITUTO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL RESPECTO DEL CUAL, SE PONE A DISPOSICIÓN DE LA PARTE ACTORA, PARA QUE MANIFIESTE LO QUE A SU INTERÉS CONVENGA CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO HACER MANIFESTACIÓN ALGUNA, COMENZARÁ A CORRER EL TERMINO DE CADUCIDAD CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 734, 735, 772 Y 773, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.... jan | 2024-10-29 08:06:04 |
02676/2021/6/1 | Se tiene por rendido el informe, se tiene por presentes a los comparecientes y ante la incomparecencia de la parte actora oferente de la prueba y de los testigos, se hace efectivo el apercibimiento decretado en autos y se declara desierta la presente probanza a cargo de los testigos, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 780, 813, 815 y 837 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. Se tiene por desahogada la prueba de informes a cargo del Instituto Mexicano del Seguro Social, en los términos rendidos y será valorada al dictarse definitiva, lo anterior con fundamento en el artículo 735 de la Ley Federal del Trabajo. Certifica la Secretaría Auxiliar que dentro de este expediente no hay pruebas pendientes por desahogar, por lo que se concede a las partes el término de dos días para que formulen sus respectivos alegatos, apercibidas que de no hacerlo perderán su derecho para hacerlo con posterioridad, lo anterior con fundamento en el artículo 884 Fracción V de la Ley Federal del Trabajo. De igual forma, con fundamento en el artículo 885 de la Ley Federal del Trabajo, se da vista a las partes para que dentro del plazo de tres días manifieste su conformidad con la certificación anterior, apercibidas que, para el caso de no hacerlo en tiempo y forma, y hubiere pruebas pendientes por desahogar, se les tendrá por desistidas de las mismas. | 2022-01-28 12:43:47 |
02954/2015/1/1 | SE TIENE POR RENDIDO EL INFORME, SE DA VISTA A LA PARTE ACTORA PARA QUE MANIFIESTE A LO QUE A SU INTERES CONVENGA. MVLF | 2024-04-11 14:01:48 |
04220/2016/3/1 | Se tiene por rendido el informe y toda vez que los autos originales fueron encontrados, queda sin materia el incidente de reposición de autos, ordenándose agregar a los mismos el cuaderno formado para que obre como antecedente. Ahora bien, y por lo que respecta al amparo interpuesto por la parte actora, en el que esta autoridad informó la imposibilidad de rendir el informe justificado por la desaparición de éstos, se ordena que a la brevedad se gire oficio al Juzgado Sexto de Distrito de Amparo y juicios Federales en el Estado de Querétaro, y se informe de la aparición de los autos y se rinda el informe respectivo, debiendo anexar copia certificada de las constancias que así lo ameriten a efecto de que la autoridad federal este en posibilidad de resolver el amparo en comento, debiendo anexar al mismo copia certificada del presente acuerdo | 2020-03-12 13:22:04 |
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