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Expediente | Descripción | Fecha |
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05619/2018/3/1 | SE DESAHOGA AUDIENCIA DE OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS. RESERVA DE PRUEBAS | 2020-09-30 12:20:48 |
00653/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 692, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo, si bien es cierto que el promovente exhibe Toma de Nota, también lo es, que se requiere la voluntad expresa de las partes, entendiéndose lo anterior, que se requiere la firma autógrafa en el escrito promovido, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en términos de lo dispuesto por los artículos 386, 387, 390 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-30 12:16:57 |
07111/2019/3/1 | DESISTIMIENTO SUJETO A RATIFICACION. | 2020-09-30 12:16:57 |
00535/2020/4/2 | SE DA CUETA DEL EXHORTO ENVIADO POR EL PRESIDENTE DE LA JUNTA ESPECIAL NUMERO DOS DE LA CIUDAD DE QUERETARO, SE ORDENA DILIGENCIAR EL PRESENTE EN LOS TERMINOS SOLICITADOS POR LA AUTORIDAD EXHORTANTE. | 2020-09-30 12:16:28 |
03147/2019/3/1 | SE PONEN LOS AUTOS A LA VISTA DE LAS PARTES PARA QUE EN EL TERMINO DE DOS DIAS REALICEN LOS ALEGATOS QUE A SU PARTE CORRESPONDAN Y PARA QUE EN EL TERMINO DE TRES DIAS MANIFIESTEN LO QUE A SU INTERES CONVENGA RESPECTO A LA CERTIFICACION REALIZADA. | 2020-09-30 12:15:19 |
04439/2020/3/6 | Convenio/archivo | 2020-09-30 12:15:10 |
00652/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y después de una revisión y consulta del Sistema de Control de Asuntos Laborales de esta Autoridad, se desprende que existe un contrato colectivo de trabajo celebrado entre un sindicato diverso al promovente, con la empresa referida, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en términos de lo dispuesto por los artículos 386, 387, 390 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-30 12:14:55 |
00651/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 692, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo, si bien es cierto que el promovente exhibe Toma de Nota, también lo es, que se requiere la voluntad expresa de las partes, entendiéndose lo anterior, que se requiere la firma autógrafa en el escrito promovido, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en términos de lo dispuesto por los artículos 386, 387, 390 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-30 12:13:43 |
00650/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y después de una revisión y consulta del Sistema de Control de Asuntos Laborales de esta Autoridad, se desprende que existe un contrato colectivo de trabajo celebrado entre un sindicato diverso al promovente, con la empresa referida, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en términos de lo dispuesto por los artículos 386, 387, 390 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-30 12:12:12 |
00646/2020/01 | Archivo. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 387, 926, 927, 982 y 983 de la Ley Federal del Trabajo y después de una revisión y consulta del Sistema de Control de Asuntos Laborales de esta Autoridad, se desprende que existe un contrato colectivo de trabajo celebrado entre un sindicato diverso al promovente, con la empresa referida, es por lo que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en términos de lo dispuesto por los artículos 386, 387, 390 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. | 2020-09-30 12:10:26 |
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