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| Expediente | Descripción | Fecha |
|---|---|---|
| 04249/2019/2/1 | SE RECONOCE NUEVO APODERADO LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA. ghc | 2023-12-08 09:18:38 |
| 06024/2018/4/1 | SE RECONOCE LA PERSONERIA CON LA QUE SE OSTENTA EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA Y SE AUTORIZA LA EXPEDICION DE LAS COPIAS SOLICITADAS. JFCH | 2022-08-04 12:37:23 |
| 03662/2017/2/1 | SE RECONOCE LA PERSONALIDAD DE LOS DIVERSOS PROFESIONISTAS COMO APODERADOS LEGALES DE LA DEMANDADA. crr | 2025-04-14 12:31:15 |
| 02079/2020/4/1 | SE RECONOCE LA PERSONALIDAD DE LOS APODERADOS LEGALES DE LA DEMANDADA PILGRIMS PRIDE, S. DE R.L. DE C.V. Y SE LE AUTORIZA LA EXPEDICION DE LAS COPIAS CERTIFCADAS QUE SOLICITA, EN CUANTO A SU DOMICILIO PROCESAL, SE DICE NO HA LUGAR A ACORDAR DE CONFOMIDAD, POR LO QUE LAS NOTIFICACIONES LE SURTIRAN EFECTO POR LISTAS O ESTRADOS SEGUN CORRESPONDA EN TERMINOS DEL ARTICULO 723 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. POR LO QUE VE A LO SOLICITADO POR LA MORAL SERVICIOS ADMINISTRATIVOS PILGRIMS PRIDE, S. DE R.L. DE C.V SE DICE NO HA LUGAR A ACORDAR DE CONFORMIDAD EN VIRTUD DE QUE NO ES PARTE DENTRO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO. eps | 2026-04-01 14:07:43 |
| 07072/2019/2/1 | SE RECONOCE LA PERSONALIDAD DE LA PROFESIONISTA QUE COPMPARECE POR LA PARTE ACTORA EN TERMINOS D ELA DOCUMENTACIONQ UE EXHIBE. SE TIENE A LA PARTE ACTORA POR DESISTIDA DE LA CONFESIONAL A CARGO DE LA DEMANDADA. lrc -2- | 2025-11-27 14:23:08 |
| 00552/2013/5/1 | Se reconoce la personalidad de la LIC. ROSALBA ARANA AVENDAÑO y demás profesionistas, para que con tal carácter representen a la parte actora, lo anterior con fundamento en el artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo, se le tiene por ratificado su escrito inicial de demanda, ofreciendo las pruebas que a su derecho asisten las cuales se admiten y por no requerir de fecha especial para su desahogo los mismos serán valorados al dictar la definitiva. Toda vez que la parte demandada no compareció a la presente, se le tiene por perdido su derecho para ofrecer medios probatorios. Certifica la Secretaría que dentro del presente proceso no existen pruebas pendientes por desahogar. Se ordena turnar el expediente al auxiliar para que formule el respectivo proyecto de laudo. Se ordena notificar por lista en los estrados de esta Junta a los demandados que no comparecieron a pesar de estar debidamente notificados, con fundamento en el artículo 739 de la Ley Federal del Trabajo | 2013-07-04 12:56:18 |
| 00577/2019/5/1 | SE RECONOCE LA PERSONALIDAD DE APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA A QUIEN SE LE TIENE SEÑALANDO DOMICIO PROCESAL Y SE AUTORIZA LA EXPEDICION DE COPIAS. jlmn | 2025-05-19 09:26:15 |
| 00541/2021/4/1 | SE RECONOCE EL CARACTER DE APORADOS LEGALES DE LA MORAL DEMANDADA A LAS PERSONAS QUE SE SEÑALAN EN LA CARTA PODER EXHIBIDA. SE HACE SABER A LAS PARTES QUE EL DOMICILIO DE ESTA JUNTA ESPECIAL NUMERO CUATRO DE LA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE QUERETARO, LO ES EL UBICADO EN CALLE CUAUHTEMOC NUMERO 8, COLONIA CENTRO, SAN JUAN DEL RÍO, QRO. eps | 2025-09-10 15:10:03 |
| 00482/2016/3/1 | Se reconoce como unicos beneficiarios y dependientes economicos legales a los actores, se ordena el archivo del presente asunto como totalmente concluido. | 2016-04-15 10:42:38 |
| 00364/2013/5/1 | Se reconoce a LIC. ALEJANDRO LÓPEZ LOZANO, y demás personas mencionadas en las cartas poder que obran en autos, como apoderados legales del actor MARCOS MACÍAS DE LEÓN y como lo dispone el Art. 692 y 694 de la Ley Federal del Trabajo. Se tiene presente a los comparecientes y formuladas las manifestaciones del apoderado legal del la parte actora y atendiendo a éstas se tiene desistido a dicha parte de las acciones ejercitadas, la demanda interpuesta y las prestaciones reclamadas en contra de todos y cada uno de los demandados señalados en el escrito de demanda presentado. Quedando sin materia el presente expediente se ordena su archivo como total y legalmente concluido. | 2013-04-25 12:44:19 |
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