Displaying 221811-221820 of 881281 result(s).
Expediente | Descripción | Fecha |
---|---|---|
01424/2012/4/1 | 09:00 19-02-2014 CONFESIONAL, a cargo del actor RUBEN MERCADO RUIZ, . Se señalan las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS para el desahogo de la PRUEBA TESTIMONIAL (2), a cargo de las siguientes personas: a) Marco Aurelio Peña Calvo, b) Juana María Olvera Domínguez y c) María de la Luz Velázquez Mentado | 2013-12-10 14:52:21 |
01424/2012/4/1 | AL NO EXISTIR CONDENA EXIGIBLE A LA DEMANDADA POR PARTE DE ESTA JUNTA EN EL LAUDO EMITIDO POR ESTA AUTORIDAD SE ORDENA EL ARCHIVO DEL PRESENTE ASUNTO COMO TOTAL Y DEFINITIVAMENTE CONCLUIDO. | 2021-11-18 14:44:06 |
01424/2012/4/1 | se tiene por desahogada la audiencia incidental en los terminos precisados reservandose esta autoridad la resolución de la misma | 2013-01-24 12:53:38 |
01424/2012/4/1 | por desahogada la prueba testimonial | 2014-02-19 14:09:42 |
01424/2012/4/1 | La parte demandada e incidentista se desiste de los incidentes planteados y se reanuda el procedeimiento en lo principal señalandose dia y hora para la continuacion de la audiencia de conciliación, demanda, excepciones ofrecimiento y admisión de pruebas para las 12:15 del día 24-05-2013. | 2013-04-12 12:29:30 |
01424/2012/4/1 | se regulariza el presente procedimiento y se deja sin efecto el acuerdo que manda para alegatos y el que cierra instruccion toda vez que existen pendientes por desahogar las pruebas de informes al IMSS y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. | 2015-03-10 15:24:38 |
01424/2012/4/1 | No ha lugar | 2015-09-25 13:45:13 |
01424/2012/4/1 | - Se da vista a la parte demandada de las pruebas supervenientes ofercidas por la parte actora | 2014-04-11 15:34:06 |
01424/2012/4/1 | visto el estado que guardan los autos del presente expediente, con fundamento en el articulo 885 de la Ley Federal del Trabajo, la Secretaria Certifica que no existen pruebas pendientes por desahogar, por lo que se da vista a las partes de la certificación antes realizada para que en el termino de tres días manifiesten lo que a su interés convenga, en el entendido que de no hacerlo se tendrán por desistidos de las pruebas que hubiere pendientes por desahogar, lo anterior con fundamento en el precepto legal citado con anterioridad. Con fundamento en el articulo 884 fracción V de la Ley Federal del Trabajo, se ponen a la vista de las partes los autos para que en el termino de dos días formulen sus respectivos alegatos apercibidas que de no hacerlo perderán su derecho a formularlos con posterioridad | 2019-05-24 11:27:08 |
01424/2012/4/1 | Audiencia de C.D.E.O.A.P.Reserva de Pruebas, | 2013-05-24 14:35:15 |
794817653085001933522222318427823650310671354628732254