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| Expediente | Descripción | Fecha |
|---|---|---|
| 07923/2014/3/1 | se señalan las 12:00 horas del 21-09-2015 para la audiencia de ofrecimiento y admision de pruebas, quedan citadas las partes. | 2015-07-09 08:51:49 |
| 03455/2015/4/1 | 10:45 28-08-2015 PARA OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS | 2015-07-09 08:54:26 |
| 05421/2014/2/1 | Se señalan a partir de las 8:15 horas del dia 23 de septeimbre de 2015 para que tenga verificativo el desahogo de las pruebas ofrecidas por las partes | 2015-07-09 08:55:42 |
| 03456/2015/4/1 | SE SEÑALAN LAS NUEVE HORAS CON TREINTA DEL DÍA UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL QUINCE, para que tenga verificativo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones. | 2015-07-09 08:59:50 |
| 04073/2014/2/1 | Cumplimiento total del convenio y se deja en deposito la cantidad | 2015-07-09 09:00:48 |
| 05355/2013/5/1 | se señalan las OCHO TREINTA HORAS DEL DÍA VEINTIDÓS DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo el desahogo de la prueba testimonial | 2015-07-09 09:00:50 |
| 04400/2015/4/1 | Acuerdo por medio del cual se da cuenta de un escrito inicial, por medio de cual demanda a la C. JUANA MORALES FONSECA y otros, la INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL, sim embargo con fecha veintinueve de junio del presenet año, presenta escrito promocion el actor promovente, DESISTIENDOSE de la demanda entablada en contra de todos y cada uno de los demandados en el escrito inicial, por lo que se le requiere para a la actora para que en el termino de tres dias a partir de la notificacion del presente acuerdo se comparezca a esta H. Junta aratificar dicho escrito, en caso de no hacerlo se le tendra por desistida de la demanda. | 2015-07-09 09:01:17 |
| 06082/2015/5/6 | Convenio/archivo | 2015-07-09 09:02:15 |
| 04071/2014/2/1 | Cumplimiento total del convenio y se deja en deposito la cantidad | 2015-07-09 09:03:41 |
| 05220/2013/5/1 | Se declara desierta la prueba testimonial ofrecida por la parte actora. Al haber concluido el desahogo de las pruebas, se ponen los autos a la vista de las partes por el término de dos días para que formulen alegatos, apercibidas que de no hacerlo perderán su derecho para efectuarlo con posterioridad. | 2015-07-09 09:05:30 |
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