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| Expediente | Descripción | Fecha |
|---|---|---|
| 04232/2010/1/1 | Se ordena agregar oficios de cuenta quedando esta autoridad por enterada de la recepción del expediente y admisión de la demanda de amparo. | 2015-06-26 15:36:42 |
| 00474/2015/01 | Se señalan las 10:30 horas del día 01 de julio de 2015 para la Audiencia conciliatoria | 2015-06-26 15:37:06 |
| 01979/2013/1/1 | Se ordena agregar oficio de cuenta quedando esta autoridad por enterada de la admisión de la demanda de amparo. | 2015-06-26 15:38:01 |
| 06107/2014/3/1 | se señalan las 10:00 hrs. del dia 27-08-2015 para la audiencia de conciliacion, demanda y excepciones | 2015-06-26 15:44:49 |
| 07254/2013/1/1 | La Autoridad de Amparo requiere mediante oficio para que en el término de veinticuatro horas le sean remitidas las copias certificadas que solicita. | 2015-06-26 15:53:10 |
| 01735/2012/2/1 | En atención a lo solicitado por la autoridad federal se regulariza el procedimiento a efecto de dejar subsistente el emplazamiento de la demandada Nestlé México S.A. de C.V., por l que se ordenó su notificación en su domicilio procesal, quedando vigente el resto de lo acordado en fecha quince de junio de dos mil quince, inclusive la fecha y hora para que tenga verificativo la audiencia de C.D.E.O.A.P. Se ordenó girar oficio al Juzgado Tercero de Distrito a efecto de informar el cumplimiento total de la ejecutoria emitida en el amparo 398/2014 (antes 2219/2014). | 2015-06-27 14:11:02 |
| 01104/2014/2/1 | Se radica la demanda de amparo indirecto numero 1598/2015 promovida por Jorge Arturo Nava Fonseca por propio derecho y en representación de Food Safety Alliance Latinamerica, S.A. de C.V., y Claudia María Guadalupe Montero Trejo, ordenándose emitir los informes previos y justificados en los plazos solicitados. | 2015-06-27 14:12:42 |
| 05594/2009/2/1 | Tengase a esta autoridad por enterada del diferimiento de la audiencia constitucional y de que se le negó la suspensión defintivia a los quejosos dentro del amparo indirecto numero 1197/2015-II. | 2015-06-27 14:18:57 |
| 10046/2012/2/1 | Tengase a esta autoridad por notificada de la sentencia dictada en el amparo directo número 285/2015, mediante el cual se niegó el amparo y protección de la justicia federal a la quejosa Administradora de Caja Bienestar, S.A. de C.V., S.F.P. Remítase al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito con sede en el Estado de Querétaro, el acuse de recibo de la misma y de los autos originales del expediente laboral en que se actúa. | 2015-06-27 14:31:02 |
| 08431/2012/2/1 | Se emite laudo en el que se condena a los demandados a cubir a favor de los actores la cantidad de $911,910.12 por concepto de indemnización constitucional, salarios caídos, prima de antiguedad, aguinaldo, vacacones y prima vacacional, en partes proporcionales a cada uno de ellos. | 2015-06-27 14:41:40 |
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