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Expediente | Descripción | Fecha |
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00032/2019/1/1 | y en razón de en los acuerdos que anteceden se señalaron diversas fechas en la cual en la primera existía un requerimiento y en el segundo se acordó promoción mediante el cual dio cumplimiento al requerimiento y se señalo diversa fecha, por lo que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 686 de la Ley Federal del Trabajo, se regulariza el presente procedimiento, y se deja sin efectos únicamente por lo que ve a la fecha señalada en el requerimiento de fecha diez de diciembre de dos mil veinte quedando vigente el acuerdo de fecha cinco de febrero de dos mil veintiuno en el cual señalaron a las DIEZ HORAS DEL VEINTITRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO, para que tenga verificativo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones prevista por los artículos 873 y 875 de la Ley Federal del Trabajo. dejando intocado el contenido del referido escrito de cuenta , por lo que se ordena al Actuario adscrito además, correr traslado con copia del presente acuerdo a las partes | 2021-02-15 10:27:45 |
02097/2013/5/1 | y en atención al informe rendido por la secretaria en el sentido de la falta de emplazamiento toda vez que no fue devuelto el exhorto remitido a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje con Sede en Mérida, Yucatán, para la notificación y emplazamiento de la demandada, con fundamento en los artículos 737, 739, 742, 743, 753, 758, 873, 874, 876, 878, 880 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo se señalan LAS NUEVE QUINCE HORAS DEL VEINTICINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones | 2013-07-26 08:49:41 |
01862/2013/5/1 | y en atención al informe rendido por la secretaria en el sentido de la falta de emplazamiento toda vez que no fue devuelto el exhorto remitido a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje con Sede en Celaya Guanajuato, para la notificación y emplazamiento de la demandada, con fundamento en los artículos 737, 739, 742, 743, 753, 758, 873, 874, 876, 878, 880 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo se señalan LAS NUEVE HORAS DEL DÍA VEINTICINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE, para que tenga verificativo la audiencia de Conciliación, Demanda y Excepciones | 2013-07-26 09:01:10 |
01646/2019/1/1 | y en atención a su contenido, como lo solicitan los apoderados legales de la demandada, quienes se encuentran renunciando al poder y mandato otorgado por la misma, LA PRESENTE PUBLICACIÓN SURTIRA EFECTOS EL 29 DE ENERO DE 2021 | 2021-01-28 13:18:37 |
05705/2013/5/1 | y de conformidad con los artículos 873, 874 y demás relativos de la Ley Federal del Trabajo, se señalan las ONCE HORAS DEL DÍA DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL CATORCE, para que tenga verificativo la audiencia de conciliación, demanda y excepciones | 2013-11-08 08:38:08 |
05359/2020/4/1 | Y DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 885 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SE DECLARA CERRADA LA INSTRUCCIÓN Y SE ORDENA TURNAR EL EXPEDIENTE AL AUXILIAR PARA QUE FORMULE EL RESPECTIVO PROYECTO DE LAUDO. TODA VEZ QUE EL PRESENTE ACUERDO NO COLMA LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 742 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, NO SE HACE NECESARIA LA NOTIFICACIÓN PERSONAL A LAS PARTES Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 745, 746 Y 747 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, LA NOTIFICACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO LES SURTE EFECTOS A LAS PARTES POR LISTAS Y A TRAVÉS DE LA PÁGINA DE INTERNET HTTP://TRABAJO.QUERETARO GOB.MX/SCAL-PUB/INDEX.PHP QUE SURTIRÁ EFECTOS AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN. mmr | 2025-04-08 16:15:24 |
00044/2023/6/1 | Y DADAS LAS MANIFESTACIONES DE LA PARTE ACTORA POR CONDUCTO DE SU APODERADO LEGAL EN SU USO DE VOZ EN RELACION AL REQUERIMIENTO FORMULADO POR ESTA AUTORIDAD LABORAL EN LA PRESENTE AUDIENCIA Y A FIN DE HACER UN ANÁLISIS DE LO MANIFESTADO POR EL MISMO, ESTA JUNTA SE RESERVA PARA RESOLVER SOBRE LO LEGALMENTE CONDUCENTE, Y A LO CUAL, EN SU MOMENTO SERÁN NOTIFICADAS LAS PARTES EN SU DOMICILIO PROCESAL. ao | 2024-05-17 11:50:59 |
04823/2021/6/1 | y dada la incomparecencia de la parte actora así como la incomparecencia de las codemandadas en razón de que no fue posible su emplazamiento como se desprende de la constancia de actuario, se concede a la parte actora el término de tres días para que proporcione el domicilio de los demandados a efecto de ser notificados y emplazados, con el apercibimiento que, de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley. | 2021-10-11 12:16:29 |
13283/2012/1/1 | y como medida para mejor proveer y en razón de las medias sanitarias debido a la pandemia existente y de no proliferar contagios masivos, esta Junta concede a las partes termino de tres días para que exhiban las objeciones por escrito. | 2021-05-31 12:43:29 |
00506/2013/4/1 | y atento a la solicitud se autoriza a costa del promovente la expedición de las copias certificadas de todo el expediente | 2013-09-26 13:03:20 |
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