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Expediente | Descripción | Fecha |
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06763/2014/2/1 | Se tiene a la parte demandada oferente por desistida de la prueba testimonial. Se concede termino para alegatos. | 2017-07-06 08:39:44 |
06763/2014/2/1 | SE REGULARIZA EL PROCEDIMIENTO Y SE SEÑALAN LAS 08:15 HORAS DEL 10-07-2023 PARA LA CELEBRACION DEL DESAHOGO DE LA PRUEBA PERICIAL, AEP. | 2023-06-14 11:23:21 |
06763/2014/2/1 | con fundamento en lo dispuesto por el artículo 27 fracción I, inciso C, de la Ley de Amparo vigente, se le notifica a JESUS ALEJANDRO VEGA ALVARADO por lista y por lista en la página electrónica de esta autoridad (“http://trabajo.queretaro.gob.mx/scal-pub/index.php”) la demanda de amparo de referencia, quedando a su disposición en la Secretaría de esta Junta: copia de la misma, del acuerdo de fecha dos de octubre de la presente anualidad y del presente acuerdo. | 2023-10-06 08:51:16 |
06763/2014/2/1 | Se tienen al apoderado legal de la demandada INSTITUTO PREUNIVERSITARIO MOTOLINIA DE LEON A.C., exhibiendo ficha de depósito ante la institución bancaria Banco Afirme por la cantidad de $1,850.00 (MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.) que es la cantidad condenada en el laudo de fecha veintisiete de octubre de dos mil veintiuno. haciéndole saber tanto a la parte actora, así como a la demandada que, una vez se obtenga el resultado del juicio de amparo 991/2023 tramitado ante el H. Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y de Trabajo dicha cantidad será descontada de la codena que resulte. ngm | 2024-04-11 12:22:50 |
06763/2014/2/1 | Se señala a partir de las 8:15 horas del dia 17 de julio de 2016 para que tenga verificativo el desahogo de las pruebas ofrecidas por las partes | 2016-04-22 12:04:17 |
06763/2014/2/1 | se difiere audiencia por falta de emplazamiento, señalandose las 11:30horas del dia 23 de enero de 2015 para su verificativo | 2014-11-13 12:47:08 |
06763/2014/2/1 | se precisa que la fecha correcta para el desahogo de las pruebas ofrecidas por las partes es a partir de las 8:15 horas del dia 19 de julio de 2016 para su verificativo | 2016-04-22 12:06:21 |
06763/2014/2/1 | SE ABSUELVE A LA PARTE DEMANDADA A REINSTALAR A LA ACTORA Y SE LE CONDENA AL PAGO DE LA CANTIDAD DE $ 1,849.98 | 2021-10-27 14:54:47 |
06763/2014/2/1 | Diferimiento de audiencia por regularización de procedimiento. Se señalan las 12:30 horas del 03-07-2015 para la audiencia de C.D.E. | 2015-06-02 11:36:57 |
06763/2013/5/1 | Cumplimiento total de convenio, quedando depositada la cantidad | 2014-02-21 12:59:43 |
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