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Expediente | Descripción | Fecha |
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06789/2013/2/1 | Se tienen por desahogadas las siguientes pruebas: confesional a cargo de Consorcio Peredo S.A. de C.V., y Sistemas Empreariales de Occidente SC. de R.L, así como la confesional para hechos propios a cargo de Jesús Manuel Ambrosio López, la prueba de inspección, la confesional a cargo del actor y la testimonial ofrecida por la demandada. Se señalan las 08:15 horas del 12-09-2016 para el desahogo de la prueba testimonial ofrecida por la parte actora. Se señalan las 08:30 para el desahogo de la prueba pericial. | 2016-06-08 11:05:08 |
06789/2013/2/1 | Derivado que en autos no obra ningún registro o antecedente de cómo es que se asignó al profesionista ABRAHAM CARBONEY MORALES COMO PERITO DE LA PARTE ACTORA se ordena girar oficio a la SECRETARIA GENERAL DE ESTA JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN EL ESTADO a efecto de solicitar que sea nombrado un nuevo perito a la parte actora en las materias de DOCUMENTOSCOPIA GRAFOSCOPIA Y DACTILOSCOPIA. se reserva señalar día y hora para el desahogo de la prueba pericial hasta en tanto sea nombrado perito a la parte actora y una vez hecho lo cual se acordara lo conducente. NGM | 2024-04-22 12:13:22 |
06789/2013/2/1 | Desahogo de prueba pericial | 2018-07-09 11:56:03 |
06789/2013/2/1 | Téngase a esta autoridad por enterada de que se ha tenido por cumplimentada la ejecutoria dictada en el amparo numero 254/2015 promovido por Consorcio Peredo S.A. de C.V., por lo que se ordenó el archivo del amparo como totalmente concluido. | 2015-06-18 14:43:44 |
06789/2013/2/1 | Seseñalan las 12:00 horas del 16-02-2017 para las toma de muestras a cargo del actor. | 2016-11-15 14:11:10 |
06789/2013/2/1 | Se señala a partir de las 08:15 horas del 08-06-2016 para el desahogo de las pruebas admitidas a las partes. | 2016-03-18 15:29:06 |
06789/2013/2/1 | SE SEÑALAN LAS 08:15 HORAS DEL 18-03-2022, PARA EL DESAHOGO DE LA PRUEBA PERICIAL, AEP. | 2021-12-06 14:36:23 |
06789/2013/2/1 | Téngase a esta autoridad por enterada de la resolución emitida en el amparo número 254/2015 promovido por Consorcio Peredo, S.A. de C.V., en la que se le concede el amparo y protección de la Justifia Federal al quejoso para efecto de reponer el procedimiento, por lo que una vez que cause estado se dará cumplimiento a la misma. | 2015-04-06 13:09:47 |
06789/2013/2/1 | Téngase a esta autoridad por enterada de que el termino de quince días otorgado a la quejosa para que manifestara lo que a u interés conviniera respecto del auto de dieciocho de mayo de dos mil quince, por el cual se declaró cumplida la sentencia emitida en el amparo 254/2014, transcurrió el veinticinco de mayo al doce de junio de dos mil quince, sin que se hubiere presentado promoción tendiente al respecto, por lo que se tiene por consentido dicho fallo. | 2015-07-01 12:46:55 |
06789/2013/2/1 | Téngase a esta autoridad por enterada de la resolución emitida en el amparo número 254/2015 promovido por Consorcio Peredo, S.A. de C.V., en la que se le concede el amparo y protección de la Justifia Federal al quejoso para efecto de reponer el procedimiento, por lo que una vez que cause estado se dará cumplimiento a la misma. | 2015-04-06 13:10:15 |
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