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Expediente | Descripción | Fecha |
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06790/2018/4/1 | CORRIENDO TERMINO, SE SEÑALAN LAS 10:00 HORAS DEL DÍA 10 DE JUNIO DE 2019 PARA DESAHOGO DE AUDIENCIA INICIAL | 2019-04-04 10:01:03 |
06790/2018/4/1 | Requerimiento a la parte actora para que: 1.- Se le requiere para efecto de aclarar si es su deseo demandar en lo particular a la persona moral CONJUNTO CENTENARIO, A.C., en caso afirmativo proporcione el domicilio en donde pueda ser debidamente notificado y emplazado a juicio, precisando: calle, numero exterior o interior, colonia, municipio, ciudad, estado, kilometraje, etc. Y de la misma forma mencione la actividad y/o giro comercial a la cual se dedica. 2.- No se admite la demanda en contra de: QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE LA RELACION LABORAL CON LA TRABAJADORA, en razón de que no se actualiza el supuesto señalado en el artículo 712 de la Ley Federal de Trabajo, que implica que el trabajador ignore el nombre de quien fue su patrón | 2018-11-05 14:41:18 |
06790/2018/3/6 | Convenio/archivo | 2018-07-16 11:01:12 |
06790/2017/2/6 | Convenio/archivo | 2017-07-07 13:33:58 |
06790/2017/1/1 | no hay constacias de notificacion a varios demandados y tampoco se giro por parte de esta autoridad el exhorto ordenado en autos y se señalan las 11:30 hrs. del dia 28-11-2018 para el desahogo de la uadiencia de ley. | 2018-07-16 11:31:33 |
06790/2017/1/1 | 11:00 18-11-2021 | 2021-08-05 10:09:05 |
06790/2017/1/1 | se tiene por presentes a los comparecientes quedando identificados como se señalo al inicio de la presente audiencia y en atención al informe rendido por la Secretaria dando y de que de la razón actuarial de donde se desprende que el actuario no localizo a una de las demandadas en la presente causa porque no habita ni labora en el domicilio señalado en autos constancia actuarial que se pone a la vista de la parte actora a efecto de que haga valer lo que a sus intereses convenga y en derecho proceda, y a pesar de que de autos no se desprende que se giraran los exhortos correspondientes en razón de la constancia actuarial y a efecto de no seguir retrasando el presente asunto con fundamento en el artículo 735 de la Ley Federal del trabajo, se requiere a la parte actora para que en el término de tres días proporcione el domicilio correcto de la demandado LIVERPOOL S.A. DE C.V., a efecto de ser notificados y emplazados, con el apercibimiento que de no hacerlo, se procederá en los términos de lo previsto por los artículos 772 y 773 de la Ley Federal del Trabajo, relativos a la caducidad (El domicilio de esta Junta es el ubicado en CALLE LUIS PASTEUR SUR, NUMERO 263, COLONIA MERCURIO, QUERÉTARO, QRO.) Se comisiona al actuario adscrito a esta Junta notifique a la parte actora en su domicilio procesal, corriéndole traslado con copia del presente acuerdo | 2019-04-10 15:52:57 |
06790/2017/1/1 | no hay cosntacvia y se señalan las 11:30 hrs. del dia 09-04-2019 para el desahogo de la audiencai de ley | 2018-11-28 11:48:57 |
06790/2017/1/1 | SE REGULARIZA Y SE SEÑALAN LAS 14:00 09-03-2021 PARA LA A.C.D.E. LA PRESENTE PUBLICACIÓN SURTIRÁ EFECTOS EL 14 DE ENERO DE 2021 | 2021-01-11 15:59:26 |
06790/2017/1/1 | se requiere a la parte actora y se señalan las 12:00 16-12-2020 | 2020-07-09 14:58:45 |
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