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Expediente | Descripción | Fecha |
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00008/2013/5/1 | Por presente a la persona mencionada y por hechas sus manifestaciones. Se tiene por cumplimentado de manera parcial el convenio celebrado por las partes. Quedando bajo resguardo de la Secretaría General la cantidad de $14,700.00 (CATORCE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) en cheque descrito con anterioridad a disposición del actor NESTOR ALEJANDRO VELÁZQUEZ GUILLEN. Esta autoridad se reserva el archivo del presente asunto solo por cuanto ve a la entrega al trabajador y la exhibición del comprobante de deposito por parte de la patronal SERVICIOS ADMINISTRATIVOS PILGRIM´S PRIDE S. DE R.L. DE C.V. ante el juzgado correspondiente por el pago de pensión alimenticia que tiene el actor. | 2013-03-15 17:41:42 |
00008/2013/5/1 | Por presente a la persona mencionada y por hechas sus manifestaciones. Se tiene por cumplimentado de manera total el convenio celebrado por las partes, certificando la Secretaría la entrega de la cantidad de $14,700.00 (CATORCE MIL SETECIENTOS PESOS 00/100 M.N.) en cheque al C. NESTOR ALEJANDRO VELÁZQUEZ GUILLEN, haciéndole saber que su firma en la presente acta hace las veces de recibo tan amplio como en derecho proceda a favor de la patronal. Esta autoridad se reserva el archivo del presente asunto solo por cuanto ve a la exhibición del comprobante de deposito por parte de la patronal SERVICIOS ADMINISTRATIVOS PILGRIM´S PRIDE S. DE R.L. DE C.V. ante el juzgado correspondiente por el pago de pensión alimenticia que tiene el actor. | 2013-03-20 08:42:40 |
00008/2013/5/1 | Cierre de instrucción | 2016-05-24 11:57:46 |
00008/2013/5/1 | 2 ARCHIVO | 2022-04-26 11:20:50 |
00008/2013/5/2 | Cumpliméntese en sus términos dicho exhorto, se comisiona al Actuario adscrito a esta H. Junta a fin de que se constituya en el domicilio de los demandados,quien se le deberá emplazar en términos de ley del mencionado exhorto de la fecha prevista para la celebración de la AUDIENCIA DE CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES, OFRECIMIENTO Y ADMISION DE PRUEBAS, la cual se verificara en las instalaciones de la Junta exhortante, a las NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS DEL TREINTA Y UNO DE ENERO DE DOS MIL TRECE. | 2013-01-07 10:19:00 |
00008/2013/5/2 | Devolución de exhorto, el cual no se diligencio según las razones asentadas en las constancia, lo que se informa para los efectos legales a que haya lugar. | 2013-02-07 09:40:49 |
00008/2013/5/2 | Se ordena diligenciar exhorto en los terminos indicados. | 2013-07-08 14:00:46 |
00008/2013/5/2 | Teniéndose por NO diligenciado el exhorto en sus términos, procédase a la devolución de este a San Juan del Rio. Archivo. | 2013-08-21 12:18:42 |
00008/2013/5/2 | Otro | 2014-08-26 11:04:05 |
00008/2013/5/2 | SE ORDENA DILIGENCIAR EXHORTO. | 2024-01-25 14:44:15 |
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