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| Expediente | Descripción | Fecha |
|---|---|---|
| 09685/2016/1/7 | Con la certificación realizada por la Secretaría, tomando en consideración que las actuaciones y documentos exhibidos por la parte actora coinciden con las que se han publicado en el sistema informático que maneja esta Junta en donde se publica el estado procesal de los juicios y el que se denomina SCAL Web, las mismas coinciden con tales publicaciones, por tanto con los documentos exhibidos quedan repuestos los autos del expediente que nos ocupa, lo que se asienta para los efectos legales a que haya lugar. | 2019-06-06 15:15:37 |
| 07406/2017/1/1 | Con la comparecencia de las partes y sus manifestaciones se tiene por sustanciado el incidente de acumulación promovido en autos. Para hacer un análisis de las manifestaciones realizadas por las parten dentro del incidente, esta autoridad se reserva emitir la resolución del mismo, una vez hecho lo cual la resolución será notificada de manera personal en sus respectivos domicilios procesales. | 2018-02-07 13:57:16 |
| 00811/2019/2/1 | CON LA COMPARECENCIA DE LAS PARTES Y SUS MANIFESTACIONES SE TIENE POR SUSTANCIADO EL INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES QUE NOS OCUPA; SE TIENE A LA PARTE INCIDENTISTA POR HECHAS SUS MANIFESTACIONES, POR RATIFICADO EL INCIDENTE QUE NOS OCUPA Y POR OFRECIDAS SUS PRUEBAS; A LA PARTE INCIDENTADA Y ACTORA EN EL JUICIO PRINCIPAL SE LE TIENE POR HECHAS SUS MANIFESTACIONES Y EN RAZÓN DE LO ANTERIOR POR NO OFERTADAS PRUEBAS. AHORA PARA HACER UN ANÁLISIS DE LAS MANIFESTACIONES REALIZADAS Y LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE FUERON OFERTADOS DENTRO DEL INCIDENTE, ESTA AUTORIDAD SE RESERVA EMITIR LA RESOLUCIÓN DEL MISMO, UNA VEZ HECHO LO CUAL LA RESOLUCIÓN SERÁ NOTIFICADA DE MANERA PERSONAL EN SUS RESPECTIVOS DOMICILIOS PROCESALES. lrc -1- | 2025-05-28 11:06:49 |
| 05565/2016/2/1 | CON LA COMPARECENCIA DE TODAS Y CADA UNA DE LAS PARTES SE TIENE POR DESAHOGADA LA PRUEBA PERICIAL A CARGO DEL PERITO TERCERO EN DISCORDIA. NGM | 2026-04-13 10:09:20 |
| 07798/2015/2/1 | Con la exhibición de la cantidad a través del comprobante de transferencia interbancaria, continúa surtiendo sus efectos la suspensión del acto reclamado para el efecto de que la cosas de mantengan en el estado que guardan y no se lleve a cabo ejecución. ngm | 2024-02-27 14:56:28 |
| 04665/2021/6/1 | Con la exhibición de las cantidades a través de billete de depósito de Banco del Bienestar, se cumplimenta el requisito que se fijo a la promovente mediante acuerdo de dieciocho de octubre de dos mil veintidos para otorgarle la suspensión que solicita en su escrito de amparo, por tanto, con fundamento en el artículo 174 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo, continúa surtiendo sus efectos la suspensión del acto reclamado otorgada a la ahora quejosa en el referido acuerdo para el efecto de que la cosas de mantengan en el estado que guardan y no se lleve a cabo ejecución. Se ordena agregar en el secreto de esta Junta los billetes de depósito exhibido, lo anterior para no vulnerar su autenticidad. | 2023-06-06 11:08:09 |
| 08123/2013/2/1 | Con la exhibición de las cantidades a través de cheque y póliza que realiza la quejosa, continúa surtiendo sus efectos la suspensión del acto reclamado otorgada a la ahora quejosa en acuerdo de quince de octubre de dos mil quince. | 2015-10-28 09:32:30 |
| 05558/2021/6/1 | Con la exhibición de las cantidades a través de depósito realizado en Banca Afirme, se cumplimenta el requisito que se fijo a la promovente mediante acuerdo de quince de agosto de dos mil veintidos para otorgarle la suspensión que solicita en su escrito de amparo, por tanto con fundamento en el artículo 174 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo, continúa surtiendo sus efectos la suspensión del acto reclamado otorgada a la ahora quejosa en el referido acuerdo. | 2022-08-29 12:42:16 |
| 05325/2020/6/1 | Con la exhibición de las cantidades a través de depósito realizado en Banca Afirme, se cumplimenta el requisito que se fijo a la promovente mediante acuerdo de treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno para otorgarle la suspensión que solicita en su escrito de amparo, por tanto con fundamento en el artículo 174 y demás relativos y aplicables de la Ley de Amparo, continúa surtiendo sus efectos la suspensión del acto reclamado otorgada a la ahora quejosa en el referido acuerdo | 2021-12-14 11:49:09 |
| 02677/2019/4/1 | CON LA FINALIDAD DE CONTINUAR CON LA SECUELA PROCESAL SE SEÑALAN LAS 11:00 HORAS DEL DIA 27-03-2023 PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE CONCILIACION, DEMANDA Y EXCEPCIONES. JFCH | 2023-02-24 12:45:06 |
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